Nacimiento del Fondo Fonacot bajo la mira de la SFP

24 de Febrero de 2025

Nacimiento del Fondo Fonacot bajo la mira de la SFP

Quejas recibidas por el Órgano Interno de Control giran entorno a que el director del Fonacot, Alberto Ortiz Bolaños, habría excedido sus facultades

El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) es investigado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), por no obtener las autorizaciones necesarias para crear el Fondo de Protección de Pagos.

Quejas recibidas por el Órgano Interno de Control giran entorno a que el director del Fonacot, Alberto Ortiz Bolaños, habría excedido sus facultades al aprobar por si solo la creación del Fondo, debido a que únicamente solicitó al Consejo Directivo que tomara lista del procedimiento.

En la Sesión Extraordinaria del 3 de septiembre también se solicitó la aprobación de los Lineamientos y Reglas de Operación, a pesar de que solo había transcurrido un día desde que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público había opinado que las actividades del Fondo no constituían las de una aseguradora, por lo que no se respetó el plazo de dos días para que el Consejo revisara la documentación.

A la denuncia se añade una queja por considerar la operación del Fondo retroactivamente, pues se consideraron sus efectos a partir del 1 de agosto, aún cuando sus propios términos establecían que debía echarse a andar 15 días después de que los Lineamientos y Reglas de Operación fueran aprobadas.

Entre las anomalias se observa el cambio en el nombre del Fondo, al pasar de ser llamado “Fondo de Protección de Desempleo” a “Fondo de Protección de Pagos”, tal como consta en los eventos relevantes realizados en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) publicados el 15 de agosto y el 3 de septiembre respectivamente. Al no explicar dicha modificación a los inversionistas los podría inducir a errores en la toma de decisiones, situación que violentaría el artículo 368 de la Ley del Mercado de Valores.

En conferencia de prensa, Ortiz Bolaños aseguró que el Fondo se encuentra constituido dentro del propio Instituto a través de cuentas y contratos separados e independientes por lo que su personalidad jurídica es la del Fonacot y las cifras y resultados del Fondo se consolidan en el Instituto”, sin embargo, no explicó cómo se hará el manejo contable tanto del Fondo como de sus rendimientos y la auditoría de los mismos.

Los Lineamientos especifican que el Fondo únicamente cobijará a los empleados en situación de desempleo, incapacidad o fallecimiento hasta donde alcancen sus recursos, sumado a que en caso de no tener solvencia se libera de responsabilidades al Fonacot. Aspecto que bajo el esquema anterior no sucedía, ya que garantizaban al 100% la cobertura de los eventos por la misma cuota. RB