Morena va por expropiación de Afores y reformas constitucionales
Los legisladores morenistas propusieron reformas al Afore, contra la condonación de impuestos y para la creación de un pleno de urgencia
Diputados de la bancada de Morena propusieron una serie de iniciativas con las que buscan reformar la ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro, el Código Fiscal de la Federación y el artículo 29 de la constitución para la creación de un pleno de urgencia.
AFORE a manos de Bansefi
El diputado de Morena Edelmiro Santiago Santos Díaz propuso una iniciativa para reformar el artículo tercero, en lo referente a la Ley de los Sistemas del Ahorro para el Retiro.
En su exposición, el legislador argumentó que el sistema de AFORES es una bomba de tiempo que explotará en la medida en que los trabajadores se den cuenta de que las pensiones con las que se jubilan son tan bajas que el gobierno deberá inyectar recursos para proporcionar una pensión digna.
En ese sentido señala que la cesión de recursos para atender a los pensionados de los distintos sistemas existentes generará un costo para el erario público, razón por la que propone un sistema de ahorro para el retiro “más adecuado”, en el cual se cobren menos comisiones mediante una institución financiera existente a cargo del estado.
El diputado Edelmiro Santiago Santos propone que Bansefi, institución que al ser el principal dispersor de recursos de programas sociales del gobierno federal, sea quien vele por las inversiones de los trabajadores, a fin de hacer crecer sus recursos para que tengan un retiro digno evitando que el erario público tenga pérdidas.
Eliminar la condonación de impuestos del Código Fiscal de la Federación
El también morenista Rubén Cayetano García propuso una iniciativa con proyecto de decreto que deroga la fracción I del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, con el cual busca eliminar la condonación de impuestos, al considerarlas como un gasto fiscal para el Estado.
En ese sentido, el legislador señala que la condonación consiste en que el Estado renuncie a la facultad que tiene de exigir el cumplimiento de la obligación tributaria, siendo las autoridades hacendarías las encargadas de declarar extinguida una obligación tributaria.
La figura tributaria señala que el Ejecutivo Federal podrá condonar, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, cuando hubiere afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, rama de actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.
Asimismo, señala que en días recientes la autoridad fiscal otorgó facilidades que ofrecen condonaciones en pago de impuestos, multas y recargos, lo que provoca un problema de inconsistencia y baja credibilidad para el debido pago de impuestos.
Por ello, considera que el abuso de esta figura provocó un agujero descomunal para los ingresos del Estado, y una forma de corrupción entre el poder público y entes privados.
Proponen ‘Pleno de Urgencia y Obvia Resolución’
Por su parte, la legisladora Lorenia Iveth Valles Sampedro propuso una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 29 y se adiciona un último párrafo al artículo 65 de la Constitución.
En su iniciativa la legisladora señala que hay distintas amenazas naturales o antrópicas que nos llevan a situarnos en una condición de alta vulnerabilidad, que puede implicar la falta de cumplimiento de procedimientos jurídicos establecidos en el Poder Legislativo para su aprobación y autorización.
El artículo 29 señala que “en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente (…) podrá restringir o suspender en todo el país o lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente rápida y fácilmente a la situación”.
Por ello, la legisladora señala que medidas de confinamiento impiden que el Congreso pueda sesionar para aprobar la restricción o suspensión de derechos o garantías, por lo que es necesario dar una respuesta lógica para que estas autorizaciones y aprobaciones se realicen sin la presencia física de todas y todos los integrantes del Congreso de la Unión.
Propone entonces la creación del ‘Pleno de Urgencia y Obvia Resolución’, el cual estará constituido por las juntas de coordinación políticas de ambas cámaras y podrán, mediante la modificación del artículo 65 constitucional, aprobar o autorizar asuntos que constitucionalmente le correspondan al Congreso o alguna de las cámaras. CJG