Comenzó la inscripción de 814 víctimas de represiones del PRI. Habrá reparación del daño

24 de Noviembre de 2024

Rogelio Hernández López
Rogelio Hernández López

Comenzó la inscripción de 814 víctimas de represiones del PRI. Habrá reparación del daño

rogelio hernandez

Como si tuviera pocas tareas y responsabilidades el área de derechos humanos de la Secretaría de Gobernación, ahora --desde el 23 de agosto-- debe reparar los daños con asistencia y dinero a por lo menos 814 personas víctimas de persecución, tortura, desaparición forzada y otras violaciones a su integridad por los gobiernos del PRI entre 1965 a 1990.

Desde el mismo día de la aparición en el Diario Oficial de la Federación, de los Lineamientos para la implementación temporal del Programa Especial de Reparación Integral y Compensación, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de la Verdad recibió el primer pliego de pretensiones de quien comenzó a ser reprimido como estudiante en 1963 y le truncaron sus posibilidades de otra vida hasta 1985. Es quien la Comisión Nacional de los Derechos Humanos identifica como el afectado V633.

¿Cuánto vale cada vida truncada por las represiones del PRI? Ninguna trayectoria personal o de grupos de aquellos disidentes pudo consolidar sus posibilidades de desarrollo de vida porque languidecieron por la violencia gubernamental. ¿Cómo se calcularán los costos de cada daño? El afectado V663 planteó un procedimiento que podría servir para los demás casos.

V663 autorizó que se conociera y difundiera el pliego de pretensiones que entregó a la representante de la Comisión de la Verdad, la maestra en derecho Janik Equihua el mismo 23 de agosto.

Él es Arturo Martínez Nateras y en su documento de 42 páginas con fotografías, describe las afectaciones que le causaron durante 35 años; al final hace un ejercicio de aproximación monetaria en compensación y reparación integral que equivale a 1.43 millones de pesos por año.

represiones del PRI

Al menos 814 víctimas

Los Lineamientos aparecieron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de agosto de 2023 con la firma del Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, en su responsabilidad de presidente de la Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990. (Comisión de la Verdad)

Esos lineamientos, se asienta en el DOF, permitirán la simplificación de solicitudes de reparación integral y compensación a las víctimas de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas durante esos 25 años.

Pero no se informa cuantas personas podrían inscribirse y presentar las pruebas de que fueron victimadas. Una aproximación del total posible la presentó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CDNH) el 18 de abril de 2023 en su recomendación 98VG/2023.

La CNDH asegura en esa recomendación que al menos 814 personas, grupos y comunidades fueron castigadas durante ese periodo de represión política y violencia estatal contra disidentes desde 1965 hasta 1990. Aclara que podrían ser más y que una proporción muy alta aún vive.

En los lineamientos de la Comisión de la Verdad, difundidos en el DOF, se explica que las personas y colectivos que fueron afectadas y requieran compensación deberán cumplir con dos pasos: solicitar ser reconocidas como víctimas y pedir la reparación de los daños.

El primer paso es ante la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de la Verdad y cuando se sustenten sus relatos y dichos se turnarán a la Comisión de Atención a Víctimas (CEAV), misma que impulsará y dará seguimiento al caso hasta que sea cubierta la compensación.

Se precisan dos características que deben cumplir las personas para ser atendidas: ser víctimas directas o indirectas.

“Las víctimas Directas reconocidas de violaciones graves a derechos humanos por desaparición forzada (temporal o permanente), tortura, tortura sexual o, en su caso, ejecución extrajudicial en el periodo comprendido de 1965 a 1990.

“Víctimas Indirectas reconocidas (serían beneficiarias), previa acreditación del nexo causal, de su parentesco por consanguinidad o afinidad con la víctima directa de violaciones graves a los derechos humanos, en primer grado en línea recta ascendente o descendente.”

Y también, en aquellos casos de “Ejecución Extrajudicial, donde las víctimas directas, fueron privadas arbitrariamente de la vida por parte de agentes del Estado, o con la complicidad, tolerancia o aquiescencia de éstos, sin un proceso judicial o legal que lo disponga; (o por) Desaparición forzada permanente, aquellos casos donde las víctimas directas, fueron privadas de la libertad por servidores públicos o particulares en cualquier forma, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero y a la fecha no han sido localizados.”

El caso V663

En la recomendación de la CNDH sobre violaciones graves a los derechos humanos en el periodo de 25 años, solo se ubica a 814 posibles afectados con la consonante V (de víctima) y el número correspondiente a su aceptación como tal. Arturo Martínez Nateras fue identificado así como V633.

Relata que el primer momento de represión por disentir fue en el “sabinazo”, un ataque anticomunista de agresión en contra del Festival Nacional de la Juventud y de los Estudiantes realizado el 13 de abril de 1963 y que en adelante “sufrió persecución política, espionaje, vigilancia, 1,131 días de cárcel injusta en Lecumberri, tratos crueles e inhumanos en diversas ocasiones entre las décadas de los cincuenta y setenta del siglo pasado y que padeció persecución y acoso hasta 1985, cuando por órdenes del gobierno federal le negaron su libertad de expresión al obligarlo a cerrar un semanario de izquierda y le despidieron de espacios periodísticos que había logrado en un canal público y dos diarios. 22 años de afectaciones directas y otros 13 como consecuencia de la atmósfera continuada de la guerra sucia.

Martínez Nateras, en su pliego de 142 páginas, propone un procedimiento de cálculo por daños que podría servir en otros casos. Relata con detalles cada circunstancia negativa que padeció y lo que no pudo realizar por la mutilación a sus derechos y etapas de vida.

Por ejemplo, valora que no pudo ejercer la carrera de ingeniero mecánico electricista y como profesor universitario y que eso fue “pérdida de ingresos profesionales durante 35 años´”.

Al respecto contrasta: “Algunos de mis compañeros de estudio en la Universidad de Nuevo León, con características, cualidades y calificaciones semejantes a las mías llegaron a servir como Jefe de División en la CFE o como profesores del más alto nivel en la UANL.

“Un Director general de la CFE o un jefe de División perciben sueldos netos superiores a los cien mil pesos mexicanos, alrededor de 1´500,000.00 anuales y se jubilan con la misma cantidad. En un ejercicio normal de vida profesional debí haber percibido durante estos 35 años 42 millones de pesos y ser meritorio de una pensión de cien mil pesos mensuales”.

Otro ejemplo. En su relatoría también refiere otras afectaciones que también le provocaron “daño moral y económico”. Cita la larga campaña mediática y política en su contra que aún le lastima cuando le hicieron acusaciones inventadas en la atmósfera de los secuestros de Arnoldo Martínez Verdugo y Felix Bautista, uno Secretario General del Partido Comunista Mexicano y el otro cercano a la guerrilla de Lució Cabañas.

En ese ambiente, cuenta Martínez Nateras, padecí “una ofensiva amplia y persecución, una amenaza verosímil de muerte. Esa campaña en mi contra fue terrible erosionó incluso amistades que parecían muy sólidas, puso en duda mi vida, mi trayectoria, mi honor y mi prestigio. Acepté salir del país con toda la familia por lo menos durante un año. Más pérdidas.

Así, luego de todas sus historias apoyadas con documentos oficiales y fotografía, V663 hace valoraciones por los daños y aprecia:

“En un modesto cierre total estimado calculo en 50 millones de pesos el alcance que debe tener la compensación monetaria por los graves delitos cometidos en mi contra, por los daños y afectaciones sin menoscabo de los relativos a la verdad ya la memoria”.

Esta suma equivaldría a 1 millón 428 mil 571 pesos por cada uno de los 35 años de vida afectada.

Al final de su pliego Arturo Martínez Nateras ruega a los responsables de la Comisión de la Verdad:

“Espero su respuesta rápida, clara y expedita. Tengo prisa por vivir los últimos años de mi existencia… A mis 83 años he vivido luchando, intentando la construcción del México mejor, justo, democrático, seguro y en paz que todos anhelamos y merecemos. Por supuesto que por los niveles de mi edad y vulnerabilidad espero me consideren en sus prioridades programáticas.”

Este es un solo caso individual. Viven muchas personas que fueron perseguidas, torturadas, prisioneras por ser disidentes; muchas familias y comunidades también pueden documentar los agravios cuando la represión política fue cruenta y masiva. Pueden ser muchos más casos que los 814 documentados por la CNDH. Y ahora, el gobierno de la Cuarta Transformación ya desató el ciclo legal para pagar por los daños que causaron los gobiernos de un partido que pretende regresar a la Presidencia de la República. Mirada de reportero.

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