El juez tercero de distrito concedió el amparo indirecto a la comunidad LGBTTTI+ de Sinaloa, con lo que se perfila que el matrimonio igualitario pueda ser aprobado el próximo martes.
La sentencia se dio el pasado jueves 10 de junio de 2021. El juez concedió tres días hábiles al Congreso estatal para que se aprobaran las reformas al Código Civil que permiten el matrimonio igualitario en Sinaloa.
Mañana, los diputados estatales tienen que aprobar las reformas de los artículos 40 y 165 del Código Civil, que hablan sobre las uniones civiles entre los sinaloenses.
Actualmente, el artículo 40 del Código Civil establece que “el matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión voluntaria y jurídica de un hombre y una mujer; con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, con la posibilidad de generar la reproducción humana de manera libre, responsable e informada”.
Y la reforma que se propuso desde diversas organizaciones civiles propone acortarlo a: “institución por medio de la cual se establece la unión voluntaria y jurídica entre dos personas”.
¿Qué pasa si mañana no se legisla sobre el matrimonio igualitario?
De acuerdo con la sentencia dictada por Ruben Darío Fuentes Reyes, consideró que dicho rechazo iba en contra del interés legítimo debido a las afectaciones que esta minoría sufría con el mandato del poder Legislativo.
Por lo anterior, el juzgado tercero concedió el amparo indirecto con base en un interés legítimo en defensa de un derecho colectivo, pues la autoridad, con el fallo del Congreso del Estado, vulnera los derechos humanos.
El congreso se reunirá mañana 15 de junio, a partir de las 11 de la mañana y diversos activistas están llamando a ver en vivo y directo la sesión.
Aunque todavía no se ha publicado el orden del día, ya está disponible la liga para la sesión virtual.
BG
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