La SCJN invalida en su totalidad decreto de AMLO

12 de Noviembre de 2024

La SCJN invalida en su totalidad decreto de AMLO

decreto de AMLO

Por mayoría de votos el Pleno de la Corte determinó que ninguna dependencia podrá reservar datos con el argumento de la “seguridad nacional”

Con mayoría de seis votos a favor y cinco en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la invalidez total del decreto presidencial que ordenaba la reserva de información de las obras y proyectos prioritarios del gobierno federal.

Al resolver los efectos de la sentencia tras haber declarado la invalidez del decreto presidencial de 2021, la mayoría en el alto tribunal resolvió que ninguna dependencia y entidad de la Administración Pública Federal podrá reservarse información de las megaobras al considerarlas de “interés público y seguridad nacional”.

›“Si el efecto de la sentencia es invalidar el acuerdo respecto al Poder Ejecutivo y el acuerdo iba dirigido a las dependencias y entidades que son parte del Ejecutivo, el acuerdo se invalida en su totalidad”, propuso el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, ponente del proyecto que en la sesión del jueves pasado fue aprobado por mayoría de ocho votos.

Sin embargo, al igual que en la sesión anterior, los ministros Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz se opusieron a la propuesta de los efectos planteados, pues de manera generalizada consideraron que una vez que se determinó que se trataba de un acto administrativo y no de una norma general, la invalidez del decreto sólo abarca a las partes involucradas, es decir al Ejecutivo federal y las facultades constitucionales del INAI, que promovió la controversia constitucional en contra del decreto.

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En ese sentido la ministra Loretta Ortiz Ahlf apuntó que, si al resolver la inconstitucionalidad del acuerdo se consideraron las facultades constitucionales del INAI, los efectos “sólo deben relacionarse con ese motivo de invasión competencial”, de tal manera que desde su opinión el decreto, con el que se ordenó la reserva de información, se mantenía vigente para el resto de las dependencias, a quienes si bien les pudo afectar “decidieron no impugnar el acuerdo”.

En contraste con ese tipo de posturas que manifestó una minoría de los ministros, la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández cuestionó: “es INAI-Poder Ejecutivo, este es el Poder Ejecutivo, da una instrucción a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal ¿Esta instrucción cae o no cae? ¿Las Secretarías tienen que seguir obedeciendo un decreto que ya no existe o no?”.

Luego de que el jueves el Pleno de la SCJN determinó la invalidez del decreto presidencial, el presidente López Obrador emitió un nuevo decreto en el mismo sentido de restringir información de sus proyectos prioritarios al clasificarlos “de seguridad nacional y de interés público”, el INAI interpuso un nuevo recurso de queja al advertir una violación a la suspensión concedida por el alto tribunal.

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