La primera amnistía de López Obrador será fiscal

18 de Diciembre de 2024

La primera amnistía de López Obrador será fiscal

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La estrategia económica del virtual presidente electo ya tiene su tripié impositivo. 
El paquete que diseña el equipo del tabasqueño considera descuentos de entre 60 y 100 por ciento, dependiendo las condiciones del adeudo

El borrón y cuenta nueva también se dará en la política fiscal de la nueva administración federal. De acuerdo con anteproyectos de ley a los que tuvo acceso ejecentral, una de las primeras medidas que Andrés Manuel López Obrador planea enviar al pleno de la LXIV legislatura es un paquete que incluye tres amnistías: una fiscal para las personas físicas y morales que tienen adeudos con el Servicio de Administración Tributaria (SAT); otra por adeudos del sector patronal con el IMSS, y una más para los inversionistas nacionales y extranjeros que busquen repatriar sus capitales.

Esta medida, explicaron fuentes consultadas por este semanario, permitirá a la nueva administración obtener recursos rápidos para aplicarlos en diferentes programas y, una vez concluidos los plazos, ya no se perdonará a morosos, por el contrario, podrían ser sancionados.

Según lo que se tiene contemplado en un primer proyecto de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, que discute el equipo económico del virtual presidente electo, se condonará total o parcialmente los créditos fiscales en contribuciones federales; es decir los adeudos sin saldar ante el SAT que se hayan realizado entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2018, en caso de que sea aprobada en sus términos por los legisladores.

Sin embargo, el documento enfatiza que “no se condonarán adeudos fiscales derivados de infracciones por las cuales exista sentencia condenatoria en materia penal”. También se establece que no se perdonarán los créditos fiscales pagados o cuando se hubiera ejercido algún esquema de condonación de créditos fiscales similar al presente en años anteriores.

“En ningún caso la condonación a que se refiere este artículo dará lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor”, se establece en el documento que discuten los especialistas con López Obrador.

Por otra parte, se establece que las multas impuestas durante el ejercicio fiscal 2018 y 2019, derivadas de incumplimiento de obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, con excepción de las impuestas por declarar pérdidas fiscales en exceso, serán reducidas en 60% si son pagadas dentro de 30 días siguientes a su notificación.

“El Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas necesarias para la aplicación de la condonación prevista en este artículo, mismas que se deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar en marzo de 2019. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará a más tardar el 31 de diciembre de 2019, a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público del Congreso de la Unión, del ejercicio de las facultades otorgadas en los términos de este artículo”, se expone en el anteproyecto de ley de amnistía fiscal.

Repatriación de capitales

Dentro del paquete de amnistía fiscal también se contempla un programa para la repatriación de capitales para que las personas físicas y morales que residen en México y en el extranjero, con establecimiento permanente en el país, retornen su dinero con una tasa preferencial de Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 3% sobre el total del monto repatriado, cuando generalmente se paga 35 por ciento. Este impuesto le reportó un ingreso tributario en 2017 al SAT de 2 billones 854 mil 799 millones de pesos.

“El impuesto a que se refiere este artículo se calculará aplicando la tasa de 3%, sin deducción alguna, al monto total de los recursos que se retornen al país conforme a lo dispuesto en el artículo anterior y que se hubiesen mantenido en el extranjero con anterioridad al 1 de enero del 2019, directa o indirectamente, por las personas físicas o morales a que se refiere el presente artículo.

“Para los efectos del párrafo anterior, se aplicará el tipo de cambio del día en que se efectúe el pago del impuesto relativo a los recursos que se retornen a territorio nacional, de conformidad con lo establecido por el Código Fiscal de la Federación”, establece el documento en poder de ejecentral.

Se especifica que el monto repatriado deberá invertirse en la adquisición de bienes de activo fijo deducibles para efectos de ISR o para el desarrollo de productos, materiales o procesos de producción para la investigación y desarrollo de tecnología.

Según el Acuerdo para el Fortaleci- miento Económico y la Protección de la Economía Familiar, suscrito los primeros días de 2017, por el actual presidente Enrique Peña Nieto, que consistió en dos decretos para enfrentar la depreciación del peso frente al dólar y uno más por el impacto negativo en la actividad económica, se incentivaba la repatriación de capitales por medio de una tasa preferencial del 8% con lo cual se obtuvo la captación de alrededor de 10 mil millones de dólares que ayudaron a amortiguar la desbandada de Inversión Extranjera No Directa. Dos años después las tasas de captación podrían rondar estas mismas cifras.

También el IMSS

Para el sector patronal moroso también hay perdón, pero no olvido. Por lo que los patrones que busquen regularizar sus adeudos fiscales contraídos antes del 1 de enero de 2019 con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se verán beneficiados con la condonación de hasta el 100% de multas y recargos por la falta de pago de sus cuotas obrero-patronales, de infracciones a la Ley del Seguro Social y a sus reglamentos, pero bajo una única condición: siempre que paguen en una sola exhibición el monto total de su deuda.

“Si el pago se efectúa del 1 de enero al 28 de febrero de 2019, la condonación de los recargos y multas será de 100%; si el pago se efectúa entre el 1 y el 30 de marzo de 2019, la condonación de los recargos será del 90% y de 100% de multas; si el pago se efectúa entre el 1 y el 30 de abril de 2019, la condonación de los recargos será del 80% y de 90% de multas.

“Si el pago se efectúa entre el 1 y el 31 de mayo de 2019, la condonación de los recargos será del 70% y de 90% de multas; si el pago se efectúa entre el 1 y el 30 de junio de 2019, la condonación de los recargos será del 60% y de 90% de multas, y si el pago se efectúa entre el 1 y el 31 de julio de 2019, la condonación de los recargos será del 50% y de 80% de multas”, establece el documento sobre el que decidirá en los próximos días López Obrador si se aplicará en esos términos.

Para obtener dichos beneficios fiscales, precisa, los patrones y demás sujetos obligados, tendrán que exponer a más tardar el 28 de febrero de 2019 su intención de acogerse al beneficio, y sobre todo, especificar la fecha en la que “efectuarán sus adeudos, debiendo garantizar el interés fiscal”.

Las cuotas obrero-patronales no significan un monto menor. Tan sólo al cierre de 2017 el IMSS recaudó 291 mil 705 millones de pesos en concepto de obligaciones patronales, según el Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión sobre la situación financiera y los riesgos del IMSS 2017-2018. Y hasta julio de este año, los patrones afiliados al Instituto en todo el territorio nacional son 967 mil 82 afiliados.

“La condonación de recargos y multas procederá aun y cuando deriven de créditos fiscales que estén siendo pagados a plazo, en los términos del artículo 40 C de la Ley del Seguro Social, dicha condonación será en proporción al saldo insoluto del adeudo, y el Instituto en ningún caso estará obligado a devolver cantidad alguna por concepto de recargos y multas pagadas”, especifica el documento.

Según consta en el proyecto de Condonación de adeudos con el IMSS derivado de cuotas obrero-patronales, el perdón total de recargos y multas también procederá aun y cuando los mismos deriven de cuotas que estén en proceso de impugnación por parte del patrón o sujeto obligado y que medie desistimiento de éste.

Pero la absolución total o parcial de multas y recargos no procederá si el patrón o el sujeto obligado hubiera ejercido algún esquema de condonación similar en años anteriores. Además, si a partir del 1 de enero de 2019, especifica, los patrones contraen adeudos fiscales con el IMSS por cuotas obrero-patronales que resulten de diferencias por actos de simulación por medio de empresas de subcontratación de personal, el Instituto dará vista de inmediato al SAT para que congele las cuentas bancarias de las empresas que se vean involucradas en este tipo de irregularidades.