La CNDH impugna en la SCJN la prisión preventiva oficiosa

20 de Diciembre de 2024

La CNDH impugna en la SCJN la prisión preventiva oficiosa

CNDH tortura
Foto: Cuartoscuro

La organización considera que se vulneran los derechos a la libertad personal, al debido proceso, las garantías judiciales y el principio de presunción de inocencia

A través de un comunicado de prensa, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) informó que promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una acción de inconstitucionalidad contra las reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y a diversas leyes que establecen la procedencia de la prisión preventiva oficiosa cuando se trate de diversos delitos.

La CNDH consideró que se vulneran los derechos a la libertad personal, al debido proceso, las garantías judiciales y el principio de presunción de inocencia.

El pasado 23 de febrero el organismo apuntó que no está en contra de la prisión preventiva, siempre y cuando esta sea justificada. Esta es, explicó, aquella que se aplica como “último recurso, de manera excepcional, esto es, cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio”.

La Comisión analizó las siguientes reformas a los códigos penales y leyes generales que permiten el recurso de la prisión preventiva oficiosa:

  • Ley General en Materia de Delitos Electorales
  • Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas
  • Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos
  • Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y a la Ley de Vías Generales de Comunicación

Señaló que las modificaciones a estas leyes distan de ajustarse al principio de excepcionalidad y están apartadas de estándares internacionales establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y criterios jurisprudenciales emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Lejos de generar que la medida sea aplicada de manera excepcional y casuística, ordenan que en todos los casos en que el juez de control esté ante la probable comisión de cualquiera de los delitos señalados en tales normas, deberá ordenarse la prisión preventiva en perjuicio del imputado, afectando con ello sus derechos humanos, al no considerar la posibilidad de revisar periódicamente la necesidad de la medida”.

Asimismo, aseguraron que las normas impugnadas transgreden el debido proceso, las garantías judiciales y la presunción de inocencia de las personas.

https://twitter.com/CNDH/status/1374037270953660424

El señalamiento de la CNDH hace hincapié en que las disposiciones vulnerar el proceso penal de los acusados debido a que ordenan que las personas deberán ser privadas cautelarmente de su libertad, aun cuando no se ha ventilado un proceso con las formalidades correspondientes y sin que se demuestre con las pruebas pertinentes y suficientes su culpabilidad en la participación o comisión de una conducta delictiva.DJ

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