Juez otorga amparo contra padrón de usuarios de telefonía

27 de Octubre de 2024

Juez otorga amparo contra padrón de usuarios de telefonía

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Foto: Especial
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En un segundo caso, José Leonel Andrade interpuso un amparo contra el decreto de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusio

El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro otorgó la primera suspensión provisional contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil con el argumento de que entrega datos biométricos al gobierno federal puede no ser idónea para la persecución de delitos.

La suspensión fue otorgada a Óscar González Abundis, quien solicitó el amparo contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

El juez consideró que la reforma persigue un fin constitucionalmente legítimo, como lo es facilitar la investigación y persecución de delitos.

“De un análisis superficial -como el que implica analizar la apariencia del buen derecho- este juez de Distrito advierte que la medida consistente en la entrega de datos personales y biométricos para registrar una línea de telefonía móvil en el [Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil] PANAUT, podría no ser idónea ni proporcional, ya que no se advierte una relación directa o causal entre la existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos, es decir, el grado de realización del fin perseguido no necesariamente será mayor que la afectación a los derechos mencionados previamente”, añade.

Cabe recordar que el Senado de la República aprobó en lo general la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, por lo que las personas deberán otorgar de manera obligatoria sus datos biométricos, número de identificación oficial y otros documentos.

Ahora, el IFT solicitará de manera obligatoria el nombre del titular de la línea telefónica, número de celular, fecha y hora de la activación de la línea, y nacionalidad del usuario.

También el número de identificación oficial con fotografía y CURP, datos biométricos del usuario y su dirección domiciliaria, los datos del concesionario de telecomunicaciones, así como el esquema de contratación de la línea, si es pospago o prepago.

El acuerdo de suspensión provisional indicó que la finalidad del PANAUT es crear una base de datos con información de las personas que sean titulares de una línea telefónica móvil, “para el intercambio de información con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, en asuntos relacionados con la comisión de delitos”.

Se suman más amparo

Por otro lado, José Leonel Andrade Alarcón interpuso un amparo indirecto para señalar la inconstitucionalidad del decreto por la que se reformó diversas disposiciones de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusio.

El recurso judicial interpuesto por el quejoso es más amplio que la resolución de la primera suspensión provisional otorgada por el juez Gómez Fierro, debido a que el amparo va en contra del decreto que permite la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

Además, el amparo interpuesto en la Ciudad de México reclama la inconstitucionalidad del presidente Andrés Manuel López Obrador por la reforma a la ley de telecomunicaciones referida.

También, el recurso aplicado a un juez de distrito capitalino reclama la participación de la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Codero, por el mismo motivo. DJ

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