Tras las demandas de amparo contra el Patrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el juez Rodrigo de la Peza López Figueroa consideró que en estos momentos no se afecta el interés jurídico de los usuarios de telefonía, ya que no se ha emitido los lineamientos para recolectar los datos personales y biométricos por parte del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), por lo que desechó 53 demandas de este tipo.
“Por lo tanto, es hasta entonces cuando producirá dicha afectación y, por ende, generará un interés jurídico para que los usuarios puedan impugnarla”, detalló el juez de la Peza su resolución.
Cabe destacar que afectación no comienza con la entrada en vigor de la ley luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sino que queda sujeta a las posteriores disposiciones administrativas del IFT, que completarán el sistema normativo diseñado.
“Así, en concepto de este juez, hasta en tanto el IFT emita las disposiciones administrativas de carácter general para la debida operación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, los concesionarios y en su caso autorizados, no podrán recabar los datos de los usuarios, y por consiguiente, será hasta entonces que pueda hacerse efectivo el deber del usuario para proporcionar sus datos al concesionario, para que éste posteriormente, pueda registrar la línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil”, decretó de la Peza López.
ES DE INTERÉS |