Jueces no podrán negar amparos para uso recreativo de marihuana

20 de Diciembre de 2024

Jueces no podrán negar amparos para uso recreativo de marihuana

La Primera Sala avaló y publicó ocho tesis de jurisprudencia, las cuales se derivaron de cinco amparos concedidos entre 2015 y 2018

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el procedimiento para aprobar y en su caso emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, con el fin de eliminar de la Ley General de Salud los artículos 235, párrafo último; 237, 245, fracción I, 247, párrafo último y 248 que prohíben el uso lúdico de la marihuana. En la Primera Sala se avaló y publicó ocho tesis de jurisprudencia, las cuales se derivaron de cinco amparos que fueron concedidos entre 2015 y 2018. La declaratoria general de inconstitucionalidad fue admitida a trámite y la elaboración del proyecto de resolución estará a cargo del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien ha externado una postura disidente en el tema. Si el Congreso evita legislar en un plazo de 90 días para reformar o derogar los artículos citados, los ministros deberán discutir en su caso aprobar, por mayoría de ocho votos, la declaratoria para eliminarlos del marco legal.