Invalida SCJN ampliación de mandato del ministro Zaldívar
Por unanimidad el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la ampliación de mandato
Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la ampliación de mandato del ministro presidente Arturo Zaldívar, que se incluye en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Con la invalidez del artículo Décimo Tercero Transitorio de las reformas al Poder Judicial de la Federación, que ampliaba el mandato de Arturo Zaldívar y de integrantes del Consejo de la Judicatura Federal por dos años más, queda fundado como inconstitucional la ampliación de dichos periodos al considerar una afectación a la supremacía constitucional, así como a la independencia y autonomía entre poderes.
Al inicio de la discusión el Ministro Presidente anunció que estaba en posición de conducir la sesión y de votar el asunto del polémico artículo con el cual se pretendía extender su periodo por dos años más.
El ministro Zaldívar argumentó que no estaba impedido para conocer de él, pues desde el 6 de agosto hizo público su posicionamiento de que concluirá el 31 de diciembre de 2022 el periodo para el cual fue electo por sus pares, “por tanto, no hay ninguna razón de interés personal o de otro tipo en este asunto”, refirió.
Previo a la votación para declarar la invalidez del artículo, con mayoría de ocho votos a favor del proyecto del ministro ponente José Fernando Franco González-Salas, los ministros consideraron que no hubo violaciones al procedimiento legislativo que aprobó la ampliación del mandato, ante la oposición, por ejemplo del ministro Luis María Aguilar quien se pronunció porque se declarara como inválido el procedimiento del legislativo al señalar, entre sus argumentos, que el trámite existieron “vicios” en el procedimiento e incluso no cumplió ni con el propio reglamento del Senado de la República.
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