Dentro del paquete de iniciativas de reforma que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió el 5 de febrero a la Cámara de Diputados, se incluyó la modificación del artículo 19 de la Constitución para ampliar el catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa o automática.
En otras palabras, el Presidente considera necesario mantener en la cárcel a las personas acusadas de delitos como extorsión, narcomenudeo, defraudación y otros delitos fiscales mientras se comprueba su culpabilidad.
Pero esta postura contradice las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de tribunales colegiados en México y, especialmente, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en dos sentencias ordenaron al Estado mexicano eliminar la medida de prisión preventiva oficiosa, y que en breve analizará si se han cumplido esas resoluciones.
Solución o regresión
Las posiciones están divididas entre los abogados y la población. La discusión se centra en si es una buena idea privar de la libertad a quienes cometen esos delitos, limitando sus derechos, aunque sean presuntos culpables, o permitirles permanecer libres hasta que reciban sentencia y se decida si ingresan o no a un penal.
Organizaciones civiles y especialistas advierten que la propuesta del mandatario debilita la impartición de justicia en el país y constituye una violación a los derechos humanos de todas las partes, incluidas las víctimas.
❝Es una regresión al sistema (de justicia) anterior en donde casi el 90% de las personas que estaban siendo procesadas las mantenían en prisión preventiva. No podemos dar marcha atrás a reformas y derechos tanto para víctimas como para imputados, que tienen derecho de defensa y a la presunción de inocencia❞, señaló Sergio Adrián Estudillo González, abogado penalista.
En entrevista con ejecentral, el socio del despacho Saucedo Abogados explicó que la medida va en contra de los tratados de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, y su posible aprobación agudizaría los problemas que enfrenta el sistema penitenciario en todo el país.
“Tener a personas en prisión en exceso es contraproducente al derecho a la presunción de inocencia de las personas que ahí están, pero también para el propio Estado, porque obviamente se generan gastos con los que no se cuentan por el exceso de población en los centros penitenciarios”, añadió.
De acuerdo con el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2023 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), al cierre de 2022, 50.2% de 226 mil 77 personas privadas de su libertad estaban sujetas a la medida de prisión preventiva oficiosa, con 88 mil 345 de ellas todavía sin sentencia.
México en desacato
La iniciativa del Presidente surge en el contexto de los informes de cumplimiento que el Estado mexicano debe presentar entre febrero y abril de este año ante la Corte Interamericana, en relación con las sentencias de los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez, entre otros, en los que se ordenó a México reformar la Constitución para eliminar la figura de prisión preventiva automática.
La resolución del 25 de octubre de 2021 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, que revocó la prisión preventiva oficiosa para los delitos fiscales, como el contrabando y la defraudación fiscal, así como para el uso de comprobantes fiscales (facturas) que involucran operaciones falsas, inexistentes o simuladas, ha sido reintroducida en la nueva iniciativa.
Por esa razón, las organizaciones civiles Red Solidaria Década Contra la Impunidad y el Colectivo Pena Sin Culpa tienen la intención de presentarse ante la Corte Interamericana para denunciar el “desacato” a sus sentencias condenatorias, derivado de la “regresiva” propuesta de ampliar dicha medida a una gama más amplia de delitos que los contemplados actualmente en el artículo 19 constitucional.
“El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión deben dar pasos decididos de verdadera voluntad política para iniciar el proceso de reforma constitucional y cumplir con su obligación con las sentencias internacionales, eliminando de la Constitución la prisión preventiva oficiosa”, urgieron las organizaciones.
Prisión no es justicia
A pesar de que el Presidente ha argumentado que la eliminación de la prisión preventiva en los delitos fiscales protege a la corrupción y a quienes se benefician de estos delitos, en realidad, la imposición de esta medida implicaría mayores obstáculos para resolver los casos y acceder a la justicia.
Para el abogado Sergio Adrián Estudillo, el proyecto del mandatario dirigido a disminuir la incidencia delictiva, en realidad descarta cualquier política criminal y sociológica, así como cualquier esfuerzo por abordar el origen del delito en lugar de sus consecuencias, lo que además prolongaría la resolución de los casos.
“Aquí es política criminal, cuestiones de prevención del delito, de educación, de muchas otras cosas, pero no; es como si atacáramos al síntoma y no a la enfermedad, dándole un analgésico a algo que puede ser más profundo y significativo que el aumento de una pena o la sanción de estar en prisión mientras se decide si eres un culpable o inocente”, sostuvo.
47.6 por ciento aumentó la incidencia del delito de extorsión de 2018 a 2023, según datos del SESNSP.
La CIDH ordenó a México eliminar la prisión preventiva oficiosa
en dos sentencias, aunque pronto evaluará su cumplimiento.