Inconstitucional, cobro de fotomultas

16 de Noviembre de 2024

Inconstitucional, cobro de fotomultas

FOTOMULTAS

60104110. México, 4 Ene 2016 (Notimex- Nicolás Tavira).- La Secretaría de Seguridad Pública capitalina puso en marcha desde diciembre de 2015, los dispositivos tecnológicos encargados de emitir las “fotomultas”, además se instalaron señalamientos relacionados a este nuevo sistema en las principales arterias de la ciudad. NOTIMEX/FOTO/NICOLÁS TAVIRA/NTG/HUM/

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NICOLÁS TAVIRA/NOTIMEX

60104110. México, 4 Ene 2016 (Notimex- Nicolás Tavira).- La Secretaría de Seguridad Pública capitalina puso en marcha desde diciembre de 2015, los dispositivos tecnológicos encargados de emitir las “fotomultas”, además se instalaron señalamientos relacionados a este nuevo sistema en las principales arterias de la ciudad. NOTIMEX/FOTO/NICOLÁS TAVIRA/NTG/HUM/

Juez dictamina que violan el derecho de audiencia de los habitantes de la CDMX

60104110. México, 4 Ene 2016 (Notimex- Nicolás Tavira).-  La Secretaría de Seguridad Pública capitalina puso en marcha  desde diciembre de 2015, los dispositivos tecnológicos encargados de emitir  las “fotomultas”, además se instalaron señalamientos relacionados a este nuevo sistema en las principales arterias de la ciudad. NOTIMEX/FOTO/NICOLÁS TAVIRA/NTG/HUM/ FOTO: NOTIMEX

Redacción ejecentral

Un juzgado de la Ciudad de México en materia administrativa declaró inconstitucionales cinco artículos del Reglamento de Tránsito capitalino, relacionados con las fotomultas, argumentando que obligan a los usuarios a pagar inmediatamente la infracción para acceder a realizar un trámite vehicular, sin que éstos puedan defenderse.

Fernando Silva García, juez octavo de distrito explicó los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 violan el derecho de audiencia previa.

De esta forma, la sentencia ordena al jefe de gobierno capitalino, Miguel Ángel Mancera, y al secretario de Seguridad Pública local, Hiram Almeida, que respeten el derecho de audiencia establecido por el artículo 14 constitucional, antes de imponer la sanción monetaria.

El fallo derivó de un amparo otorgado a un capitalino al que se le impidió verificar su automóvil, ya que fue notificado en el verificentro que tenía multas, que no había pagado por no conocer la existencia de esas sanciones ante la falta de aviso.

Así, el derecho fundamental de audiencia previo pretende que el particular pueda alegar cuestiones contra los instrumentos de medición, exponer error de hecho, entre otros. (Con información de Milenio). DA