Impugnación de Colima contra la LIE es infundada: SCJN
Por mayoría de siete votos el Pleno del Alto Tribunal desestimó la controversia constitucional en contra de la Ley de la Industria Eléctrica
Por mayoría de siete votos el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó como infundada la controversia constitucional promovida por el gobierno de Colima en contra de diversos artículos de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Con base en un proyecto bajo la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el pleno del alto tribunal desechó las impugnaciones en las que el gobierno colimense señaló que la reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador afecta la esfera de competencia en materia de protección de medio ambiente.
En el mismo sentido que ayer resolvió sobreseer la controversia constitucional interpuesta por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) al argumentar que se carece de legitimación para impugnar la LIE, una mayoría de seis ministros y ministras por encima de cuatro votos que fueron en contra del proyecto, con la ausencia de la ministra Margarita Ríos Farjat, la SCJN determinó desechar la controversia con lo cual quedó resuelto en definitiva las impugnaciones en contra de la LIE.
Aprueban acta del 7 de abril
Al inicio de la sesión de este martes, por unanimidad de votos el pleno del máximo tribunal dio por aprobada el acta de la sesión del pasado 7 de abril cuando se determinó desechar la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición en contra de la Ley de la Industria Eléctrica.
Con el anuncio de votos aclaratorios por parte de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Norma Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Luis María Aguilar, así como la aclaración por parte de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena en el sentido de señalar que su voto era por la invalidez y en el caso de González Alcántara por la validez respecto a los temas relativos a competencia económica y medio ambiente, la desestimación de la impugnación quedó firme.
“En este sentido se aprobaron por unanimidad los puntos resolutivos y se llevó a cabo la declaratoria formal, por lo que lo resuelto en dicha sesión (del 7 de abril) constituye cosa juzgada”, reiteró la SCJN a través de un comunicado emitido al término de la sesión. MAAZ
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