Los poderosos sindicatos estadounidenses ganaron. El United Auto Workers (UAW) y la Federación Estadounidense del Trabajo y el Congreso de Organizaciones Industriales ( AFL-CIO) celebraron y agradecieron públicamente a sus congresistas por los últimos ajustes al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Una de las principales razones: las inspecciones físicas que exigieron a las empresas mexicanas para verificar el cumplimiento de las leyes laborales las harán grupos de expertos de los tres Estados firmantes y se sumaría un cuarto país.
Así el T-MEC vigilará que las empresas con relaciones comerciales internacionales entre ellos, garanticen a sus trabajadores el derecho de libre asociación sindical y la negociación colectiva de sus contratos de trabajo. La violación a esto, en el nuevo tratado, se le denomina “Denegación de Derechos”.
De esta forma los grandes sindicatos estadounidenses buscan que las leyes laborales en México se traduzcan en mejores percepciones para los trabajadores y así evitar que la mano de obra barata sea un incentivo para que trasladen empresas y empleos al territorio nacional.
Esta es una de las obligaciones que contiene el acuerdo de modificación, firmado esta semana, y que es la antesala para su entrada en vigor, después de que los congresos de los países firmantes lo ratifiquen.
En México, el descontento
Las organizaciones sindicales mexicanas, por su parte, se resisten a la democratización y pérdida de privilegios.
Estas organizaciones promovieron casi medio millar de amparos contra la Reforma Laboral que entró en vigor el 2 de mayo, la cual incluye varios cambios a las leyes, entre ellas la Federal del Trabajo.
Las principales impugnaciones son contra el voto libre, directo y secreto de los trabajadores en la elección de sus sindicatos y aprobación de contratos colectivos de trabajo. Aunque también rechazan a la cancelación del registro sindical ante extorsiones de los sindicatos a las empresas.
En EU, en pie de lucha
A diferencia de lo que ocurre en México, la UAW, expuso: “lucharemos para asegurar que México cumpla cabalmente sus reformas a la legislación laboral y ponga fin a los sindicatos de empresas y a los falsos contratos (laborales) que propician que empresas estadounidenses envíen empleos al sur de la frontera (a México)”.
Así lo expuso la organización un día después de que el gobierno de México aceptó los cambios propuestos por las organizaciones sindicales a través del Partido Demócrata de Estados Unidos.
En tanto, el presidente de la AFL-CIO, Richard Trumka, también hizo público su agradecimiento a sus congresistas y dijo que la “AFL-CIO respalda al USMCA después de negociar con éxito las mejoras”
México podría perder
En acuerdos por separado, México aceptó que las quejas por violaciones laborales se resuelvan a través de especialistas (panel, en inglés) de los países involucrados y de un tercer país independiente. Esto cuando se afecte, según el Artículo 23.3 sobre Derechos Laborales y se afecte el comercio o la inversión entre las partes.
La propuesta aceptada por el gobierno mexicano, sujeto a la aprobación de la Cámara de Senadores, señala la modificación del Artículo 30.6.3, donde además de reconocer los “paneles establecidos conforme al Capítulo 31” sobre Solución de Controversias, se incluyen los anexo 31-A y 31-B, para el “Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas”, el primero es el México – Estados Unidos, y el segundo para México – Canadá.
En el Artículo 31-A.3:(del anexo 31-A: México - Estados Unidos) señala que a la entrada en vigor del T-MEC, cada país deberá haber designando a tres “Panelistas Laborales de Respuesta Rápida” y en forma conjunta otros tres. Seis meses después, deberán incrementar la lista a cinco expertos, los cuales permanecerán como mínimo cuatro años.
Esos especialistas, también cada cuatro años, tendrán que presentar reportes comentando el funcionamiento del mecanismo. Dichos informes, señala el “protocolo modificatorio, deberán hacerse públicos.
Según el Artículo 31-A.4 de“Solicitudes de Revisión y Reparación” señala que si una de las partes “tiene un fundamento de buena fe para creer que está ocurriendo una Denegación de Derechos (…), primero solicitará que la parte demandada realice su propia revisión de si existe una Denegación de Derechos y, si la parte demandada determina que hay una Denegación de Derechos, intentar repararla dentro de los 45 días siguientes a la solicitud”.
El reclamante proporcionará información suficiente para que la parte demandada realice la revisión y si en 10 días no hay respuesta, el “reclamante podrá solicitar la integración de un Panel Laboral de Respuesta Rápida para llevar a cabo una verificación y determinación por separado de conformidad con el Artículo 31- A.5”.
Las sanciones
Una vez realizada la notificación, el reclamante “podrá (solicitar a la autoridad) retrasar la liquidación final de las cuentas aduaneras relacionadas con el ingreso de mercancías” desde la empresa (legalmente denominada “Instalación Cubierta”).
El despacho de las mercancías se reanudará “inmediatamente previo acuerdo de las partes que no existe Denegación de Derechos o que un panel determine que no existe” tal violación laboral.
Después de la conformación de los expertos de que existe una violación laboral, el “reclamante podrá imponer medidas de reparación después de notificar por escrito” al demandado con al menos cinco días hábiles de anticipación.
La sanciones “podrán incluir la suspensión del tratamiento arancelario preferencial” de las mercancías que importa o exporta la empresa.
Una vez que se haya reparado la violación laboral, la “demandada podrá solicitar una oportunidad para demostrar al panel que ha tomado acción para reparar la Denegación de Derechos.
El panel tomará una nueva determinación dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud.
Sin embargo, si la violación se mantiene, la “demandada no podrá solicitar otra determinación por 180 días, y cualesquiera medidas de reparación permanecerán en vigor hasta que las partes acuerden que la reparación ha ocurrido o un panel determine que la Denegación de Derechos ha sido reparada”.
En un mundo globalizado por los acuerdos de libre comercio (regionales o bilaterales), las empresas tienen una eliminación total o parcial de los impuestos (aranceles) que se cobran en el comercio internacional (mercancías y servicios). Entonces, si una compañía es retirada de ese beneficio, su producto prácticamente quedará fuera de mercado por los mayores precios que tendrían que pagar sus consumidores.
Cemex, Bimbo, GM, Chrysler, en la mira
De acuerdo con el TMEC, los sectores prioritarios son los servicios y productos manufacturados para la industria aeroespacial, la automotriz que incluye la producción de las unidades y autopartes; productos cosméticos; productos horneados industriales (como Bimbo), acero, aluminio, vidrio, cerámica, plástico, forjas, y cemento (Cemex). Además, cualquier producto o servicio a la minería.
En materia de exportación, la industria automotriz, es la mayor generadora de divisas para el país. En los últimos 12 meses concluidos en septiembre, dicho sector exportó alrededor de 122 mil millones de dólares. Ese monto significó que aportó casi 27 de cada 100 dólares de las exportaciones totales del país.
Los mayores productores y exportadores de vehículos en México , son cinco que concentran poco menos del 80% de la producción. Estos son KIA, Volkswagen, Fiat Chrysler (FCA México), Nissan y General Motors.
Según el “Artículo 31-B.13”, los sectores prioritarios se podrían adicionar nuevos a la lista, según los intereses de las partes.