Hacen obligatorio el uso de cubrebocas en Baja California Sur

23 de Diciembre de 2024

Hacen obligatorio el uso de cubrebocas en Baja California Sur

MÉXICO, D.F., 10ENERO2015.- Las enfermedades respiratorias son propiciadas por las bajas temperaturas de la temporada invernal. El tabaquismo, una mala alimentación y descuido ante los vientos gélidos, propician entre otras gripe, congestión nasal, resfríos, tos y en casos extremos pneumonía. Algunas opciones para evitar enfermarse son, tomar muchos líquidos, en su mayoría jugos con alto contenido de vitamina C como el "antigripal" y protegerse las vías respiratorias con cubrebocas o bufandas. FOTO: MARÍA JOSÉ MARTÍNEZ /CUARTOSCURO.COM

MÉXICO, D.F., 10ENERO2015.- Las enfermedades respiratorias son propiciadas por las bajas temperaturas de la temporada invernal. El tabaquismo, una mala alimentación y descuido ante los vientos gélidos, propician entre otras gripe, congestión nasal, resfríos, tos y en casos extremos pneumonía. Algunas opciones para evitar enfermarse son, tomar muchos líquidos, en su mayoría jugos con alto contenido de vitamina C como el “antigripal” y protegerse las vías respiratorias con cubrebocas o bufandas. FOTO: MARÍA JOSÉ MARTÍNEZ /CUARTOSCURO.COM

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María Martínez/María Martínez

MÉXICO, D.F., 10ENERO2015.- Las enfermedades respiratorias son propiciadas por las bajas temperaturas de la temporada invernal. El tabaquismo, una mala alimentación y descuido ante los vientos gélidos, propician entre otras gripe, congestión nasal, resfríos, tos y en casos extremos pneumonía. Algunas opciones para evitar enfermarse son, tomar muchos líquidos, en su mayoría jugos con alto contenido de vitamina C como el "antigripal" y protegerse las vías respiratorias con cubrebocas o bufandas. FOTO: MARÍA JOSÉ MARTÍNEZ /CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

Quienes no cumplan con las disposiciones se harán acreedores a sanciones que van de 36 horas de arresto y, en caso de reincidencia, podrá ser presentado ante un MP

Carlos Mendoza Davis emitió un decreto mediante el cual se hace obligatorio el uso de cubrebocas para todas las personas que se encuentren dentro de la entidad, con el objetivo de mitigar los contagios de Covid-19, de lo contrario se harán acreedores a multas.

Entre las multas contempladas para quienes incumplan las disposiciones de este decreto se contempla el arresto por 36 horas y el pago de multas por 100 UMAs; si este no se cumple, la persona infractora deberá realizar trabajo comunitario por tres días.

En caso de reincidencia podrá ser puesto a disposición del Ministerio Público por la probable comisión del delito de peligro de contagio.

https://twitter.com/cmendozadavis/status/1340106778969698304?s=20

Dentro del artículo segundo del Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur se establece que el uso de cubrebocas será obligatorio para toda persona que se encuentre en vías y espacios públicos o de uso común.

Así mismo para aquellas personas que se encuentren dentro de establecimientos de comercio, industria o servicios, así como centros de trabajo de cualquier ramo, centros comerciales, considerados como esenciales o no esenciales.

Esta medida también aplicará para operadores y conductores de transporte de pasajeros de cualquier modalidad.

De manera adicional se establece el cumplimiento de medidas sanitarias como son:

  • El resguardo domiciliario
  • La sana distancia de 1.5 metros entre personas
  • El lavado frecuente de manos
  • El uso de gel antibacterial
  • Evitar tocarse la nariz, boca, ojos y cara en general
  • Cubrirse la boca y nariz con el ángulo interior del brazo en caso de tos o estornudo

Mendoza Davis decretó también la prohibición de reuniones sociales y festejos que alteren el orden público, y en el que concurran más de 15 personas.

Se pide privilegiar las reuniones y festejos decembrinos con personas del núcleo familiar o de convivencia cotidiana.

Se dispone también la instalación de filtros sanitarios en los distintos municipios de la identidad, que estarán encargados de verificar el cumplimiento de medidas sanitarias. CJG

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