El IFT y la “chicana” a favor de Telmex

22 de Noviembre de 2024

Mauricio Flores
Mauricio Flores

El IFT y la “chicana” a favor de Telmex

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Conforme al Diccionario panhispánico del español jurídico, la chicana es la “serie de ardides de que se valen los litigantes para eludir el fallo o sentencia justa de un pleito”, o sea torcer los procesos legales para ganar un litigio. Un abogado que comete chicanas puede ser calificado de tramposo o de astuto al borde de lo ilegal. Pero cuando lo ejecuta una autoridad —una agencia reguladora como es el caso del Instituto Federal de Telecomunicaciones— para favorecer a algún particular la definición cambia a la de “faccioso”, “omiso” e incluso de “corrupto”… tal y como 4 comisionados de ese Instituto, Arturo Robles, Sostenes Díaz, Ramiro Camacho y Javier Juárez Mojica, fueron acusados empezando 2023 ante la Dirección de Atención Ciudadana y la Consejería Jurídica de la Presidencia de México por presuntamente modificar resoluciones “a modo” y al “mejor postor”.

El procedimiento con que el pleno del IFT perdonó la sanción a Telmex (y que también redujo radicalmente una multa para AT&T) es el caso más visible de cómo torcer las reglas de competencia en un sector estratégico de la economía… y de cómo —según define el portal Hoy en Telecom de Arnulfo Aguilar y Aguilar—, el IFT se convirtió en defensor de oficio de Telmex.

Esa defensa empezó en septiembre de 2017 cuando se confirmó que Telmex no había puesto a disposición de sus competidores cuando menos el 60 % la información sobre su infraestructura física a nivel nacional para la interconexión de redes; a los pocos días de esa confirmación, una denuncia de un competidor afectado reveló que Telnor —filial de Telmex— tampoco cumplió con esa obligación en Puerto Vallarta.

Telmex y la defensa del “mata chivos”

Para enero de 2020, en la Unidad de Cumplimiento del IFT se inició a la callada la tarea de defensa “de oficio”: se aplicó un instrumento jurídico válido, el “criterio de acumulación”, para tratar consistemente los procesos de Telmex y Telnor… pero se amañó ese criterio al fusionar en concepto genérico ambos procesos y, por tanto, pretender que había variado la litis —la cuestión controvertida— y que por ello se dejó sin garantía de audiencia a Telmex. Esta situación es del todo absurda, pues la jurisprudencia señala que la acumulación no fusiona los asuntos ni cambia la litis.

Así, hace un año se multó a Telnor con 1,311.9 millones de pesos por la violación en Puerto Vallarta, pero la multa a Telmex por las violaciones cometidas a nivel nacional quedó en suspenso hasta el 9 de diciembre de 2022… día en que se le perdonó completa la multa de 22 mil millones de pesos, pues según los comisionados no se le garantizó su derecho de audiencia.

Una manera simple de entender el tamaño de tal despropósito es el ejemplo hipotético de que el cocinero de la cantina La Polar haya matado por algún motivo a un parroquiano y a un chivo para hacer birria; el Ministerio Público que quisiera favorecer al cocinero, torcería el criterio de acumulación para unificar en un concepto genérico el acto de “matar”, para así atribuir al cocinero solo la acción de matar al chivo… pero como en la barandilla no se habló del parroquiano muerto (aunque ya estaba acreditado el homicidio) y como matar un chivo no es delito, entonces no hay sanción.

A ese tipo de aberración llegó el pleno del IFT el 9 de diciembre pasado. Y para ello, trascendió, un exfuncionario de la Unidad de Cumplimiento Regulatorio (contratado cuando Gabriel Contreras era presidente del instituto) asesoró a Telmex para armar esa “argumentación”.

Debido a la desproporción con que se desvirtuó el fondo de la “litis”, son predecibles amparos de muchas empresas por la impunidad permitida por el propio IFT. Y ya no digamos lo que ello significará en la batalla por los servicios de Internet de banda ancha y móvil 5G.