Fortalecen Ley Olimpia: se reconoce ‘sextorsión’ como violencia digital
La Cámara de Diputados amplió el concepto de violencia digital al incluir en la Ley Olimpia, con 480 votos a favor, la "sextorsión"
El concepto de violencia digital dentro de la Ley Olimpia ahora contempla la ‘sextorsión’, entendida como la acción dolosa de amenazar, chantajear, coaccionar o extorsionar a una mujer con exponer o difundir imágenes, audios o videos de cualquier ámbito de su vida pública o privada sin su consentimiento.
Fue con una votación de 480 a favor que la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, conocida como Ley Olimpia, con la cual se realiza la adición al artículo 20 Quáter.
Julieta Vences Valencia, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, dijo al presentar la iniciativa ante el Pleno que se busca reconocer como violencia digital toda acción que implique la difusión o exhibición de contenido íntimo con el que se busca extorsionar o amenazar a las mujeres.
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Detalló que el término ‘sextorsión’ implica el chantaje para que una mujer realice una acción determinada, como lo es la entrega de dinero bajo una amenaza de publicar o compartir imágenes íntimas.
La diputada morenista dijo que, en cifras del Inegi, se tiene un 36% de las mujeres de entre 20 y 29 años de edad que usaron internet en el año 2019 fueron víctimas de ciberacoso en el último año.
Diputados morenistas señalaron que es vital seguir dando pasos para erradicar la violencia contra las mujeres, precisando que la ‘sextorsión’ es una de las conductas antisociales más recurrentes en la actualidad. CJG
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