La ley de suspensión de garantías, ¿para cuándo?

22 de Diciembre de 2024

Laura Borbolla
Laura Borbolla

La ley de suspensión de garantías, ¿para cuándo?

LauraBorbolla-Web

En días pasados escuché en los medios internacionales que en la República de Ecuador, su Presidente, declaró “estado de excepción”, una medida que al menos durará 60 días.

La emergencia obedece a una serie de fenómenos de inseguridad y violencia, presencia de pandillas, asociaciones delictivas que incluyen y a grupos de la delincuencia organizada colombiana operando en Ecuador. Como parte de las medidas se incluye el toque de queda y la presencia militar en las calles.

Es importante destacar, que no es en todo el país, solo es en tres provincias costeras de Guayas, Manabí y Esmeraldas (esta última, fronteriza con Colombia). Esto incluye el toque de queda durante las noches para las áreas con más violencia de localidades como el puerto de Guayaquil, núcleo comercial del país.

Resulta lamentable el saber que unos países tienen restricciones de sus libertades por una invasión como lo es Ucrania y otros por la inseguridad y niveles de violencia; pero siendo autocríticos, nuestro país también cuenta con lugares cuyo desarrollo cotidiano se ha visto rebasado por la inseguridad y la violencia; por la presencia y en ocasiones el control de la delincuencia. Al igual que en Ecuador, no es todo el país, pero ¿qué se necesita que ocurra en México para tomar otras medidas?.

De forma y fondo, desde que tengo uso de razón hay regiones que cuentan con presencia de la delincuencia organizada asociada al cultivo y cosecha de mariguana y amapola, por citar un par de ejemplos: Tierra Caliente, conformada por municipios de Michoacán, Guerrero, Morelos y el Estado de México; el Triángulo Dorado, compuesto por algunos municipios de Sinaloa, Durango y Chihuahua. No sería necesario suspender garantías, en términos de lo previsto en el artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, si el Estado cumpliera con al menos dos de las irreductibles obligaciones que es proporcionar a los ciudadanos seguridad y justicia.

México, a diferencia de muchos países en el mundo, dice ser un Estado de paz, lo cual es cada vez más falaz, pues sin tener una acción como la que sufren los ucranianos, en estados como Guanajuato y Michoacán, suman un número de muertes considerables. Sólo hay que ver los reportes del INEGI para ver qué están por la media nacional por cada 100 mil habitantes.

El problema más allá de las evidencias, que pueden ser contabilizadas de varias formas, más allá de las estadísticas, por ejemplo el número de minutos al día que dedican los medios de comunicación para describir hechos delictivos o el número de encabezados de la prensa escrita respecto de la nota roja, es cada vez más alta, pero si usted es de los que por salud mental, no lee ni ve noticias, analice qué información le llega a través de las redes o platicas con amigos y familia, y hoy por hoy sabemos de más balaceras, desapariciones, y varios tipos de delitos con la participación de más de dos personas y muchos de ellos vinculados al narcomenudeo.

Para resolver problemas así de complejos, que tienen que ver sobre todo con la descomposición del tejido social, hay que hacer muchos cambios que impliquen tener mejores oportunidades, la base es la educación y el fortalecimiento institucional, lo que requiere de un andamiaje legal.

La suspensión de garantías es una figura y mecanismo jurídico, que data desde la antigua Roma, que permite a los gobernantes restablecer el orden ante fenómenos de emergencia. México tiene un histórico y enorme pendiente de establecer la legislación procesal, es decir, no contamos con una ley reglamentaria del artículo 29 Constitucional. Nadie desde 1917, lo ha impulsado en el Congreso.

La suspensión de garantías es un procedimiento en el que intervienen, en forma conjunta diversas autoridades: el Ejecutivo federal; los titulares de las secretarías de Estado, de los departamentos administrativos, y de la Fiscalía General de la República; el Congreso de la Unión y en sus recesos la Comisión Permanente del mismo.

El Estado de Michoacán, por ejemplo, ha tenido varios programas de intervención federal para el combate a la inseguridad; en 2006 el expresidente Calderón con el “Operativo conjunto Michoacán”; en 2014 el expresidente Enrique Peña con el “Programa y Comisión para La Paz en Michoacán”, y ahora en 2022 “Constructores de Paz en Michoacán”.

Quizá una declaración en términos del artículo 29 Constitucional, nos saldría mejor, con resultados, rápidos y a un costo menos alto, es un tema de profunda reflexión ya que el acumulado histórico de fenómenos locales no han permitido el desarrollo y progreso de la región, por el contrario, el efecto cucaracha ya afecta a Guanajuato y Colima.

Síguenos en @EjeOpinion

SIGUE LEYENDO: La voz de todas contra la violencia de género