En la semana, la titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), presentó la justificación de la reforma legislativa respecto de la obligación de los ciudadanos de hacer el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), en la modalidad de persona física a partir de cumplir los 18 años, es decir, cumplir con los requisitos de ley para asumir todas las responsabilidades.
La justificación fue: se necesita proteger la identidad y datos personales, para que no sean los jóvenes víctimas del robo de identidad, esa es una justificación; pero no la única ni la de más peso.
En lo particular, considero que el tener un Registro Federal de Contribuyentes confiable y ligado a otras bases de datos debe ser un tema de Seguridad Nacional, de tal suerte que ocurra como en otros países de primer mundo, en dónde, el seguro social, el registro de población, la firma electrónica, el Registro Nacional de Electores, los números de cuentas bancarias, las licencias, pasaportes, registros de inmuebles, etcétera, se van complementando y concatenando entre sí, de tal suerte que se tiene una base de datos tan robusta que se imposibilita el robo de identidad y en caso de que ello ocurra es un delito muy grave.
Es importante señalar que el RFC en muchos países se otorga desde los hospitales cuando la persona nace o al momento de ser registrado el nacimiento. Por lo que, cuando una persona llega a la mayoría de edad, es sujeta de créditos y otras actividades ligadas a generar ingresos; pero si por alguna razón esto no ocurre, lo lógico es notificarlo a la autoridad hacendaria para no pagar impuestos.
Los beneficios de un RFC como el propuesto para la Miscelánea Fiscal es que se tendrá una base gravable más grande, ya que hoy por hoy esto no se contempla como una obligación ciudadana.
De forma y fondo, es momento de apoyar la iniciativa, pero por las razones correctas, y estás son que seamos ciudadanos comprometidos con el desarrollo económico del país con estándares de legalidad y licitud desde el primer momento en que se cumple la mayoría de edad. Y eso es, o bien declarar ingresos, o declarar en ceros; pero es asumir la responsabilidad de reportarte ante el SAT y SHCP. El reto es saber, si en este país se tienen las condiciones para blindar una base de datos con las características referidas y si también serán materia de compartición de información con autoridad del ámbito de la procuración de justicia.
Nota al pie de página:
La justicia con perspectiva de género y en el marco de los estándares internacionales del sistema de justicia penal adversarial y de los Derechos Humanos, no se han aplicado hasta este momento en el caso de Rosario Robles Berlanga, las comparaciones son fatales, pero nos dan perspectiva. Vaya lió si se hace a la luz de casos como el de Emilio Lozoya Austin. En un caso nos dicen que no coopera y en el otro dicen que sí; pero no nos dicen con qué, cuándo, cómo y contra de quién; es decir, no hay resultado tangible de cooperación; entonces… Usted querido lector concluya.