REDACCIÓN EJE CENTRAL Arturo Escobar, quien dejó el cargo de subsecretario de Gobernación, para defenderse de las acusaciones que le fincó la Fepade, por ser responsable de celebrar contratos con una empresa para la entrega indebida de 10 mil tarjetas Premia Platino, dijo que éstas fueron utilizadas para promocionar el logo del Partido Verde, nunca para ofrecer beneficios, algo que sí permite la ley.
“El contrato de tarjetas no era para entregarle beneficios a nadie, sino para publicitar el logro del partido en las tarjetas”, dijo en entrevista con Raymundo Riva Palacio. Esta mañana Eduardo Sánchez, vocero de la Presidencia de la República, confirmó que el ahora ex funcionario federal enfrenta un proceso penal ante la Procuraduría General de la República (PGR).
Escobar aseguró que la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) de la PGR no le envió un citatorio para comparecer y defenderse durante la integración de la averiguación previa en su contra.
“Nunca fui notificado para comparecer, estoy confiado que una vez que la autoridad me notifique voy a poder probar con documentales que no hubo transgresión a la ley”, expresó el ex líder ecologista.
La noche del miércoles, Arturo Escobar se separó de su cargo subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación luego de que la FEPADE obtuviera una orden de aprehensión en su contra por violar la ley en la materia electoral.
Para la Fepade existieron una serie de contrataciones indebidas que firmó Escobar como representante legal del PVEM, porque los proveedores de la distribución de las tarjetas Premia Platinum no estaban registrados en el padrón de proveedores del Instituto Nacional Electoral, y porque fue utilizada como una herramienta electoral.
El fiscal Santiago Nieto Castillo aseguró ayer en entrevista con Carmen Aristegui en CNN, que esas tarjetas eran “una prestación que se le daba a las personas que la recibían, para obtener descuentos, es algo no inmediato, sino mediato, algo directo respecto al beneficio que podían obtener las personas cuando acudían a los centros comerciales al presentar esta tarjeta, y esto es una situación prohibida por la ley”.
El tipo delictivo se ubica en el artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que establece que no se pueden realizar, ni destinar, ni recibir aportaciones en dinero o en especie, cuando existe una prohibición legal y que impone como sanción la prisión preventiva de seis meses a tres años.
El otro tipo delictivo establece una sanción de cinco a 15 años de prisión en razón de recursos de procedencia ilícita.
Aunque no es delito grave, explicó el fiscal Nieto Castillo, no tendría derecho a libertad caucional.