Exigen liberar a 11 personas encarceladas desde hace siete meses en Oaxaca

7 de Noviembre de 2024

Exigen liberar a 11 personas encarceladas desde hace siete meses en Oaxaca

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Diputados locales pidieron a la fiscalía estatal liberar a estas personas, entre quienes hay un menor de edad; aseguran que están injustamente presos

Oaxaca de Juárez, 22 de diciembre. Un caso de abuso de autoridad se da en el municipio de Santo Domingo Teojomulco en donde su presidente municipal mantiene en la cárcel a una familia, entre ellos, un menor de edad desde hace casi 7 meses.

Desde la tribuna de la LXV Legislatura del Congreso Local el diputado Horacio Sosa Villavicencio consideró urgente exhortar a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) para que de manera inmediata libere a los ciudadanos que se encuentran ilegalmente privados de su libertad en dicha comunidad enclavada en la Sierra Sur de Oaxaca.

El legislador manifestó que desde el pasado 29 de mayo por órdenes del síndico y el presidente municipal detuvieron a los ciudadanos Erika Díaz Martínez y Rubén Gutiérrez Silva, además de 9 personas más que se encuentran dentro de dichos separos tras realizarse una auditoría a la gasolinera de la cual son administradores.

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Asimismo, pidió a la Fiscalía continuar con la carpeta de investigación por el delito de privación ilegal de la libertad, luego de que estas personas aún permanecen retenidas desde hace varios meses, sin que a la fecha su situación legal haya sido determinada por un juez.

Al respecto, Sosa Villavicencio expresó, “si bien es cierto que los ayuntamientos tienen capacidad de determinar arrestos como sanción por faltas administrativas, es claro también que estos no deben superar las 36 horas, por ello, les pido a mis compañeros y compañeras legisladores y legisladoras que, tomando en cuenta que se trata de un asunto del que dependen la vida y la integridad de al menos cuatro personas, incluyendo a un bebé, abordemos este asunto de urgente y obvia resolución”.

De acuerdo con el artículo 16 constitucional, en su párrafo tercero señala que no podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y en su párrafo siguiente agrega que la autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, y que, de no hacerlo, esta acción será sancionada por la ley penal.

Este punto de acuerdo fue aprobado por el Pleno Parlamentario con 30 votos a favor.

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