El USMCA, empuje para el Sistema Nacional Anticorrupción

21 de Diciembre de 2024

El USMCA, empuje para el Sistema Nacional Anticorrupción

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Frente a frente. Ildefonso Guajardo, secretario de Economía, y Luis Videgaray, titular de Hacienda, saludaron al presidente Trump el pasado 27 de agosto, tras la firma del acuerdo bilateral. FOTO: AFP

Para cumplir con los nuevos estándares, el gobierno deberá concentrarse en la aplicación de las nuevas leyes y en las buenas prácticas de las empresas

osantillan@ejecentral.com.mx México no sólo está obligado a implementar a fondo su Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), sino a poner la lupa a las empresas nacionales sobre la transparencia de sus políticas anticorrupción —un pendiente que arrastran desde hace décadas— y a promover la participación de la sociedad civil en la lucha anticorrupción. Al menos estos son los acuerdos firmados entre México, Estados Unidos y Canadá en el llamado US-Mexico-Canada Agreement (USMCA). Si bien parte del SNA entró en operación el 19 de julio de 2017 y está armonizado con el capítulo anticorrupción del tratado trilateral, el reto para las autoridades mexicanas será terminar con la construcción de todo el andamiaje institucional, ponerlo en operación, y luego hacerlo cumplir. En este ámbito, la legislación de Estados Unidos lleva la batuta, pues normativas como la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero, que prohíbe desde 1977 que las compañías estadounidenses y sus subsidiarias propicien, directa o indirectamente, el soborno a funcionarios públicos en el exterior. Un ejemplo de su efectividad es que el mayor caso de corrupción registrado en América Latina en los últimos tiempos, los sobornos entregados por la constructora brasileña Odebrecht, que derivó en investigaciones abiertas en 11 países, tales como Brasil, Perú, México, entre otros, fue develado por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Según la versión pública del USMCA revisada por ejecentral, cada país sancionará según sus leyes la malversación de recursos, el peculado, así como el ofrecimiento o solicitud de beneficios indebidos para algún funcionario público. Y al ser un convenio de carácter internacional su aplicación estará supeditada a la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) y al Convenio para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales de la OCDE. Hasta ahí, en los documentos, el país cumple. Pero es claro el atraso mexicano en materia anticorrupción. Por ejemplo, de acuerdo con la métrica Integridad Corporativa 500 (IC500) —publicada en 2017 por Transparencia Mexicana, Mexicanos Contra la Corrupción e Impunidad (MCCI) y Grupo Expansión— el 62% de las 500 empresas más importantes del país no ha transparentado ni han hecho accesible sus políticas anticorrupción internas. En tanto que 66% (330) no cuentan con mecanismos para monitorear su política corrupción y 38% carecen de código de conducta y/o ética o programa anticorrupción alguno. Sin embargo, el artículo 27.5 del Capítulo Anticorrupción del USMCA recomienda adoptar o mantener medidas para que las empresas hagan públicas sus declaraciones o divulguen sus controles internos, programas de ética y su cumplimiento de medidas para prevenir y detectar el soborno y la corrupción. El desafío, según la perspectiva de especialistas, está en las pequeñas y medianas empresas (Pymes) mexicanas, las cuales no cuentan con ese tipo de legislación interna. Las empresas más grandes ya están obligadas a tener políticas anticorrupción gracias a las reformas de 2015 y a las secundarias de 2016, que apenas están implementando.

VACÍO. El Congreso mexicano tiene pendientes los nombramientos del fiscal anticorrupción y los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa.

Otro reto que enfrenta México, se encuentra en el artículo 27.3: medidas para combatir la corrupción, ya que en el punto seis se conmina a adoptar o mantener medidas para proteger “contra cualquier trato injustificado a las personas que de buena fe o por motivos razonables informen a las autoridades hechos de corrupción”. El problema es que en 2016 el Senado mexicano omitió considerar la protección de denunciantes cuando aprobó la Ley de Responsabilidades Administrativas del Sistema Nacional Anticorrupción. Además el nuevo acuerdo comercial promueve la participación activa entre las organizaciones sociales de la sociedad civil y el gobierno en el combate a la corrupción. Lo que coloca el balón en la cancha del conflicto que surgió entre el entonces candidato presidencial y actual presidente electo, Andrés Manuel López Obrador y algunas organizaciones sociales cuando el tabasqueño dijo que desconfiaba de todo lo que llaman sociedad civil o iniciativas independientes. Al respecto, Gerardo Carrasco, director de Litigio Estratégico en MCCI comentó que lo estipulado en el USMCA refuerza la idea de que el gobierno debe administrar al país de la mano de las organizaciones sociales. “El hecho de que lo recoja un tratado tan importante como el nuevo TLC creemos que es un punto a nuestro favor”. En la baraja anticorrupción México perdió una carta de la partida trilateral. A decir de Eduardo Bohórquez, director de Transparencia Mexicana, en el nuevo tratado comercial México perdió porque sólo se calificó como “dañinos” los pagos de facilitación, aquellas acciones ilegales que se realizan para acelerar trámites, obtener ventajas comerciales o apurar procesos administrativos. “Era su carta fuerte para asegurar mejores condiciones para la competencia de las empresas mexicanas dentro y fuera del país. Uno de los principales problemas de las empresas de los tres países es el pago de sobornos a autoridades locales, intermediarios y gestores. Para México hubiera sido muy importante que se volvieran ilegales porque desaparecerían una zona gris que lastima a muchas de nuestras empresas”, explicó.

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