El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) detectó irregularidades en nueve casas hogar del estado de Chihuahua, se trata de siete privadas y dos adscritas al Desarrollo Integral de la Familia (DIF) que no cuentan con los requisitos y medidas que garanticen las condiciones mínimas para su operación.
En el Informe de Supervisión ISP-1/2019, dirigido al director del DIF de Chihuahua y a los directores de dichos recintos, se asienta que la mayoría de albergues no cuentan con los requisitos para estar incorporados al Directorio Nacional de Instituciones de Asistencia Social y que no se tiene un censo preciso con cifra oficial de las personas menores de edad que son atendidas y que no están bajo tutela del Estado.
La mayoría de los albergues visitados no han sido supervisados e incumplen con la integración de los expedientes de los menores de edad y no existe registro de su entrada y salida.
Además, se detectó que aplican sanciones consistentes en limpiar baños y áreas comunes, restringir su participación en actividades recreativas, negarles el uso de juguetes, lo que no se encuentra establecido en algún Manual o Reglamento.
Carecen de personal y solo cuentan con voluntarios por parte del DIF Estatal o de la Universidad de Chihuahua (psicólogos o trabajadores sociales) que asisten una, dos veces entre semana o una vez al mes; además no reciben capacitación en materia de prevención de la tortura o maltrato.
La mayoría de las instalaciones están en deficientes condiciones de mantenimiento e higiene, principalmente en los dormitorios y baños; faltan ventilación e iluminación, hay presencia de humedad en paredes y techos, y los alimentos proporcionados no cumplen con los requisitos de una dieta sana; ni se permite recibir visitas entre semana y realizar llamadas telefónicas.
Respecto del derecho de protección a la salud, se detectó que la mayoría de los albergues visitados no cuentan con médico que atienda a las personas alojadas, por lo que no se realiza un seguimiento sobre su estado de salud.
Por lo anterior, el MNPT recomendó al Director del DIF del Estado de Chihuahua implemente acciones necesarias para que se cuente con un padrón oficial de los lugares que albergan niñas, niños y adolescentes en esa entidad federativa y un registro de los residentes de cada casa hogar y centros de asistencia social, los cuales cuenten con constancia y se les incluya en el Registro de Incorporación al Directorio de Instituciones de Asistencia Social del DIF; también deberá realizar procedimientos para hacer frente en casos de tortura o maltrato en que se contemple, de ser el caso, dar vista al Agente del Ministerio Público. NR