Decreto de AMLO para megaobras es inconstitucional: Suprema Corte
Luego de que el Pleno de la Corte declaró la invalidez de su decreto presidencial este jueves, Andrés Manuel López Obrador emitió uno nuevo para el Tren Maya y el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec
Al advertir que atenta contra la transparencia, el derecho de acceso a la información y las facultades del INAI, la mayoría del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador, con el que se ordenó restringir la información de las obras y proyectos prioritarios de su gobierno como asuntos de “interés público y seguridad nacional”.
Luego de que el alto tribunal determinó, con mayoría de ocho votos a favor y tres en contra, la inconstitucionalidad del decreto presidencial. El titular del Ejecutivo federal emitió hoy un nuevo decreto para clasificar todo lo concerniente al Tren Maya y el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec como de “interés público y seguridad nacional”.
Lo anterior toda vez que el proyecto bajo la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá estableció que la naturaleza de ese decreto contraviene la Constitución, debido a que “su amplitud y su ambigüedad obstaculizan e inhiben el acceso a la información de toda la ciudadanía respecto de las obras del Gobierno”.
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Pese a la oposición de los ministros Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Arturo Zaldívar, quienes coincidieron en que la clasificación de “seguridad nacional” que decretó el presidente no implicaba una reserva de información, ni tampoco afectaba las atribuciones del INAI, la mayoría en el Pleno advirtió lo contrario.
“Negar que el vocablo ‘seguridad nacional’ no tiene impacto para efecto de transparencia y de adquisiciones, con todo respeto, me parece muy difícil o muy ingenuo en todo sentido”, señaló el ministro Javier Laynez al reiterar que la intención del decreto tenía como objetivos el restringir información y la autorización para las contrataciones por adjudicación directa.
La postura del ministro generó la molestia de la ministra Loretta Ortiz, quien replicó previo a la votación del asunto, que “no somos ingenuos” y reiteró la base constitucional y jurídica de sus argumentos para sostener que el decreto no merma al INAI, pues reiteró que “cualquiera de los que puedan ejercer su derecho a la información y solicitarlo al INAI, lo puede seguir ejerciendo”.
Otra controversia se originó al momento de determinar los efectos de la sentencia, pues ante la insistencia de la ministra Yasmín Esquivel de que el decreto ya invalidado quedaba “vivo” para las dependencias federales; tanto la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández y el propio Javier Laynez aclararon que la invalidez se aplicaba al INAI, al Ejecutivo y en consecuencia a toda la administración pública federal. Sin embargo, quedó pendiente para resolverse el próximo lunes.
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