Darán hasta 22 años de cárcel a quien obligue a menores a casarse
El Senado aprobó modificaciones al Código Penal Federal para incluir el delito de cohabitación forzada en menores de edad
El Senado de la República aprobó modificaciones al Código Penal Federal para incrementar las penas a quien obligue a niñas, niños y adolescentes a casarse o cohabitar con alguna persona.
La reforma enviada al Ejecutivo Federal establece el delito de “cohabitación forzada de personas menores de 18 años o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo”.
Las condenas para quien “obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte” el casamiento entre menores de edad o con mayores de 18 años, serán de ocho a 15 años de prisión, además de una sanción de dos mil a dos mil 500 días de multa.
Se añade que cuando la víctima pertenezca a una comunidad o pueblo indígena o afrodescendiente, las penas serán mayores: la condena mínima será de 12 años y la máxima de 22 años.
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Previo a la votación, la senadora Olga Sánchez Cordero advirtió que existía un “vacío jurídico” que afecta a menores de edad por manipulación u obligación para contraer un modo de vida similar al matrimonio, sin la necesidad de contraer el vínculo jurídico de manera formal.
Por su parte, el senador Rafael Espino mencionó que datos del Fondo de las Naciones Unidas para las Infancias de América Latina reflejan que una de cada cuatro mujeres de entre 20 y 24 años contrajo matrimonio por primera vez o cohabitó con una pareja antes de cumplir la mayoría de edad.
En tanto, la senadora Geovanna Bañuelos, recalcó que el censo de 2020 del INEGI reveló que más de 230 mil niñas de entre 12 y 17 años vivían casadas o en pareja; lo que representa – apuntó - a cerca del cuatro por ciento de esta población. EJ
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