Dan revés a la FGR: sin juicio, Caro Quintero no puede ser extraditado

26 de Diciembre de 2024

Dan revés a la FGR: sin juicio, Caro Quintero no puede ser extraditado

extradición Caro Quintero
Foto: Captura de pantalla

Un Tribunal desechó la queja presentada por la FGR en contra de la resolución que evita la extradición a EU de Rafael Caro Quintero

La Fiscalía General de la República (FGR) recibió un nuevo revés en el caso de Rafael Caro Quintero, exlíder del extinto Cártel de Guadalajara, quien fue detenido el pasado 15 de julio en Sinaloa y a quien se buscaba entregar en extradición vía fast track a Estados Unidos.

Fue el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en el Estado de México quien ratificó la suspensión que evita su extradición, luego de que la Fiscalía General de la República interpusiera un recurso de queja en contra de esta resolución publicada el 16 de julio.

El recurso fue presentado por la FGR el pasado 28 de julio, sin embargo, los magistrados indicaron que la Fiscalía impugnó una resolución judicial distinta.

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Fue el juez Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal con sede en Jalisco quien concedió la suspensión a Caro Quintero para evitar su extradición vía fast track un día después de la aprehensión del capo, sin embargo, de inmediato declino seguir conociendo del caso, señalando que es competencia de un juez en el estado de México.

A una semana de la detención del también llamado Narco de narcos, la juez Primero de Distrito en materia de Amparo y Juicios Federales del Estado de México, con sede en Toluca, admitió conocer del caso y del amparo.

Foto: Cuartoscuro

No obstante, la FGR impugnó la suspensión otorgada por el juez con sede en Jalisco, con el propósito de apresurar la entrega en extradición a Caro Quintero, quien es requerido por autoridades de Estados Unidos por cargos por secuestro, tortura y el asesinato del exagente de la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés), Enrique Kiki Camarena.

De acuerdo con los magistrados señalaron que “el auto impugnado no concedió ni negó la suspensión de plano ni la provisional; sino que se limitó a… la que previamente había concedido el Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco”.

En ese sentido, se determinó que es este auto del 16 de julio de 2022 el que la FGR pudo combatir a través del procedimiento de queja, pues la suspensión para la extracción “ya surtía sus efectos”. CJG

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