Dan 60 mil amparos a modo

4 de Noviembre de 2024

Dan 60 mil amparos a modo

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En los últimos tres años, personas acusadas de crimen organizado, huachicoleo, secuestro, trata o lavado de dinero han recibido fallos favorables. Todo apunta a un 'modus operandi' de los jueces

›Documentos internos de la Secretaría de Gobernación y del Poder Judicial de la Federación muestran cómo en los últimos ocho años la liberación y traslado a penales de mediana seguridadde acusados de delitos graves se ha incrementado, pero en los últimos tres se acentuóy suman alrededor de 60 mil amparos concedidos

Personas acusadas o sentenciadas por crimen organizado, narcotráfico, secuestro, huachicoleo, lavado de dinero, portación de armas y hasta traficantes de personas encontraron la ruta de impunidad. Un total de 60 mil juicios de amparo los beneficiaron al impedir su traslado a penales de máxima seguridad o conseguir su transferencia a centros de reclusión de menor seguridad, en donde continuaron operando o hasta consiguieron su libertad. ›Documentos de la Comisión Nacional de Seguridad, de la Secretaría de Gobernación y del Poder Judicial de la Federación, la mayoría obtenidos en los últimos tres años por ejecentral, a través de solicitudes de transparencia, muestran que desde 2014 se encendieron los focos rojos al interior del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, porque jueces radicados en Tamaulipas, estado de México y Jalisco, especialmente, comenzaron a otorgar suspensiones provisionales, definitivas o amparos de fondo, a presos con un perfil “criminológico alto”. Desde 2011 a 2016 se contabilizaron 500. Después el crecimiento fue exponencial, a tal punto, que en la mitad de 2016 ya había superado en un 147% los traslados de todo el 2011. Este periódico consultó distintas fuentes y revisó más de una decena de audiencias y documentos de expedientes con fallos de distintos jueces del país, que fue muy difícil conseguir, ante la limitada transparencia que existe en el órgano encargado de los penales federales y desde el Poder Judicial de la Federación, y en los que se concedió la libertad o se impidió el traslado a penales de máxima seguridad o por el contrario fueron enviados a centros estatales. En ellos se muestra la desarticulación entre los fiscales y los responsables de los presos federales desde la Secretaría de Gobernación, la falta de preparación y el extremo de los jueces en ser garantistas, por lo que se requiere, señalaron las fuentes, de un cambio en el andamiaje del Poder Judicial. Por ejemplo, en agosto pasado José Alberto “N”, identificado como líder de la organización criminal La Unión de Tepito, fue trasladado al penal de máxima seguridad de Villa Aldama, Veracruz, por lo que sus abogados impugnaron esa autorización y exigieron su regreso al Reclusorio Oriente.15Principal

500

por ciento

aumentó el número de traslados de internos federales, al pasar de 19 casos en 2011 a 112 en el año 2015.

En el expediente se documenta el riesgo que representaba su estancia en el centro de la Ciudad de México, y el, índice clínico criminológico lo consideraba de alto perfil criminal. A pesar de ello, y ante la falta de preparación de la audiencia por parte de la fiscalía, el juez federal Gregorio Salazar Hernández ordenó su regreso al centro local. “Si ustedes los saben a mi no me lo externaron, no lo externaron aquí en audiencia para que hubiera un debate correspondiente (…) En ese sentido yo no tengo base objetiva para poder avalar la legalidad del traslado. Se declara ilegal el traslado de las personas de nombre de José Alberto (“N”)… y José (“N”)”, fue la sentencia del juez Salazar Hernández. Apenas esta semana, el juez Segundo de Distrito en Cancún otorgó un amparo, bajo la toca 1306/2017, a Jean Succar Kuri, sentenciado por pornografía infantil y corrupción de menores, quien se encuentra preso en el penal del Altiplano en Almoloya de Juárez, estado de México. A pesar de que el juez de su caso se negó a enviarlo a la cárcel municipal de Cancún, Quintana Roo, por su edad y estado de salud, en el amparo se plantea que sí se justifica el traslado, el cual aún no se ha ejecutado. Otro caso ocurrió a principios de este año, cuando una juez que reprobó el examen para ejercer como tal, otorgó la libertad a un capo del narcotráfico porque “ya no se podían aceptar más pruebas”. Ante el cúmulo de amparos que se resolvían y que en varias ocasiones han significado el pago de multas a los responsables de los penales federales, por no acatar las resoluciones de los tribunales, y que de acuerdo a un reporte interno, en el último semestre rondan el millón de pesos, de acuerdo a fuentes consultadas por este periódico, se decidió el 21 de enero de 2016, la Segob y la PGR firmar un convenio con la Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio y el Órgano Administrativo desconcentrado de Prevención y Readaptación Social con el objetivo de legalizar los traslados a penales federales, firmando como testigo el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis María Aguilar. Sin embargo, ha sido letra muerta. De los 60 mil amparos emitidos por distintos juzgados y tribunales en el país, algunos de ellos se tratan de suspensiones provisionales o definitivas, en otros casos de amparos para efectos o de fondo, sin que los documentos revisados por este periódico establezcan cuántos acusados fueron beneficiados.

FUENTES CONSULTADAS RECONOCIERON QUE ALGUNOS TRASLADOS DE REOS FEDERALES PUEDEN ESTAR VINCULADOS A CORRUPCIÓN, PERO OTROS A LA FALTA DE PREPARACIÓN DE LOS JUZGADORES.

Se abre la caja de Pandora

La evidencia de que conceder amparos para beneficiar el traslado de reos de prisiones federales a cárceles locales no sólo es una decisión judicial cuestionable por el otorgar beneficios a quienes cumplen una deuda con la sociedad tras haber cometido delitos graves, también lo es la posibilidad de que dichos reacomodos abonan en conflictos graves como los suscitados el sexenio pasado. Por ejemplo, el violento motín causado por el choque de dos grupos de internos en el penal de Topo Chico en Monterrey, Nuevo León que el 10 de febrero de 2016 dejó un saldo de 49 muertos y más de una decena de heridos. Este comportamiento en los juzgadores de todo el país, que bien podría entenderse como una suerte de modus operandi, tuvo su auge en el periodo de transición del gobierno de Felipe Calderón al que entonces encabezaría Enrique Peña Nieto. Es decir, desde 2011 la concesión de amparos para procurar dichos traslados se incrementó al punto de que estos superaron en casi un 500%, al pasar de los 19 traslados en ese año a los 112 en 2015.

Sanción. El nombramiento de jueces federales se frenó en febrero de este año debido a que se descubrió el robo de exámenes de oposición. El 12 de diciembre inició el procedimiento contra diez funcionarios involucrados en el ilícito. FOTO: Cuartoscuro.

Las determinaciones de los juzgadores evidenciaron que estos amparos concedieron, tan sólo en el periodo de 2011 al primer semestre de 2016, a 370 reos, 73.5% de los cuales ya contaban con sentencia y condenas que incluso superan el siglo de cárcel por delitos de delincuencia organizada, lavado de dinero, narcotráfico, homicidio, robo, secuestro y extorsión, por lo que fueron reubicados de prisiones federales de alta y mediana seguridad a cárceles locales con índices reducidos de seguridad, como son los penales regiomontanos de Topo Chico y Apodaca o el caso del Centro de Ejecución de Sanciones de Reynosa, en Tamaulipas. Así lo advierte la respuesta que este semanario obtuvo tras la resolución del Comité de Información del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS), ante la petición de información con número de folio 3670000024616, respecto a la cantidad de presos que fueron trasladados de penales federales a estatales mediante amparos de 2011 a 2015, en la que se solicitaba la especificidad de fechas de traslado, número de causa, juez que lo otorgó, si se trataban de internos procesados o sentenciados y por cuáles delitos. Al respecto, la autoridad penitenciaria informó que, en dicho lapso, fueron 14 centros federales de Readaptación Social, incluyendo el Complejo Penitenciario de “Islas Marías” en donde se efectuaron estos traslados por amparo judicial, siendo este último y el Centro Federal de Readaptación Social Número 8 “Nor-Poniente”, de Guasave, Sinaloa, para reos de un nivel alto-medio de seguridad, los que más traslados a penales estatales realizaron con 88 casos cada uno. El resto de los Ceferesos en los que se otorgaron amparos son el Centro Federal de Readaptación Social número 12 de Ocampo, Guanajuato, con 54 traslados a penales locales, el Cefereso número 5 de Villa Aldama, Veracruz con 33; el Cefereso 13 “CPS Oaxaca” con 29 traslados, el “CPS” de Gómez Palacio, Durango con 18, el Cefereso Número 6 “Sureste”, de Huimanguillo Tabasco; y el Centro Federal de Readaptación Social Número 1 “El Altiplano”, para internos de alta peligrosidad concretó 10 traslados. Los otros centros federales con menos de una decena de traslados fueron el Cefereso 15 de Chiapas, el número 11 de Hermosillo Sonora; el Cefereso 7 en Durango; el Cefereso 2 Occidente “Puente Grande”, de El Salto, Jalisco y el Cefereso número 4 “Noroeste”, en Tepic, Nayarit. El incremento que desde 2011 reflejaron las solicitudes de amparo que tanto juzgados de distrito como tribunales colegiados y unitarios resolvieron para concretar las reubicaciones de presos considerados en su mayoría de alta peligrosidad fue gradual al grado de que para agosto de 2016 ya había superado en 147% los traslados de todo 2011. La variación fue de 19 traslados en 2011, 33 concedidos en 2012; para 2013, primer año de gobierno de Peña Nieto se alcanzaron 89, bajó a 70 para el año siguiente, y alcanzó 112 traslados en 2015.

EL PROBLEMA QUE SE PRESENTA EN ALGUNOS JUECES QUE CONCEDEN AMPAROS ES QUE EN LUGAR DE ESTUDIAR A FONDO LOS CASOS QUE SE LE ASIGNAN, PREFIEREN HACER HINCAPIÉ EN LOS ERRORES DE LAS CARPETAS DE INVESTIGACIÓN Y RESOLVER SIN COMPROMETERSE.

Bajo la mira

Un año antes de ese cierre, en 2014 la Comisión Nacional de Seguridad (CNS) ya tenía en la mira que los juzgados séptimo, octavo, noveno y décimo de Distrito con sede en Reynosa y Tampico, Tamaulipas. Esos centros habían contabilizado 152 traslados de diversos Centros Federales de Readaptación Social (Ceferesos) al Centro de Ejecución de Sanciones de Reynosa, Tamaulipas. “(Esto) pese a que se les ha informado que la mayoría de los internos cuentan con un perfil criminológico alto y algunos de los mismos están relacionados con el Cártel del Golfo”, advertía un documento interno en poder de este periódico, de la Coordinación General de Centros Federales dirigido a la Comisión del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social. Pero otorgar amparos a imputados por nexos con el narcotráfico no sólo derivó en traslados, esto a su vez se tradujeron en fugas. El oficio SSP/SSESRS/014338/2013 fechado el 13 de noviembre de 2013 daba cuenta de la evasión de cuatro internos que habían sido trasladados de centros federales, gracias al beneficio judicial. “Se les solicita sea el amable conducto ante dichas autoridades a efecto de que haga del conocimiento de las mismas que no es posible seguir recibiendo en los Centros de Ejecución de Sanciones dependientes de esta Subsecretaría a internos en la comisión de delitos de índole federal (…) en primer lugar a la falta de espacios disponibles”, pedía la Subsecretaría de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social de Tamaulipas. Y fundamentalmente, reconocía, que ese centro no reunía los niveles de seguridad para albergar a presos por delitos del fuero federal. Ante la problemática, dos años después, en 2016 la Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República firmaron un convenio para que, por razones de seguridad, un imputado pueda cumplir su prisión preventiva en un Centro Penitenciario Federal de máxima o media seguridad. Lo que sólo quedó en un intento. Un ejemplo claro del grado de vulnerabilidad de las medidas mínimas de seguridad de las que se carece al interior este penal local de Tamaulipas es que el pasado 4 de diciembre fue localizado el cuerpo de Juan Alonso Vázquez Canto, alias El Cucho o El Gafe, señalado por las autoridades como el jefe de sicarios del cártel del Noreste, una escisión de Los Zetas, quien estaba recluido en el Centro de Ejecución de Sanciones (Cedes) de Ciudad Victoria, Tamaulipas y la noche de ese martes apareció sujeto a una soga y colgado de un barrote de su celda.

ESTA SEMANA, UN JUEZ OTORGÓ UN AMPARO
EN LA TOCA 1306/2017, A JEAN SUCCAR KURI, SENTENCIADO POR PORNOGRAFÍA INFANTIL
Y CORRUPCIÓN DE MENORES, PARA SER TRASLADADO DEL PENAL DE MÁXIMA SEGURIDAD DEL ALTIPLANO A LA CÁRCEL MUNICIPAL DE CANCÚN, QUINTANA ROO.

Ni con máxima seguridad

Ni siquiera asignar a presos de alta peligrosidad en penales de máxima seguridad garantiza que no se escapen. Para ejemplo, la segunda evasión de Joaquín El Chapo Guzmán del Centro Federal de Readaptación Social No. 1 El Altiplano, quien fue beneficiado por jueces federales que le otorgaron más de una decena amparos que lo distinguieron con la posibilidad de contar con una pantalla en su celda, mantener el cabello más largo de lo permitido y procurar una asistencia constante de sus abogados en el área de locutorios. Lo que se sumó a 46 alertas que emitió el Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), entre ellas, el cambio de celda de Joaquín Guzmán Loera, quien a la postre se fugaría por un túnel que llevó hasta su dormitorio.

Protesta. En una sesión solemne en la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 11 de diciembre, 30 magistrados rindieron protesta. Foto: Cuartoscuro

Aquí surge otra vertiente problemática. La Procuraduría General de la República señala que el predio donde se construyó el túnel es propiedad de Calixto Estrada Castillo, a quien se le acusa del delito de fraude procesal por haber participado en la simulación del predio por el cual a la postre se construyó el corredor por el cual se terminó escapando de prisión El Chapo. Hasta allí la historia no tiene conexión, pero de acuerdo con documentos a los cuales tuvo acceso este periódico, Estrada Castillo es hermano de Irene Castillo Martínez, madre de Irma Padua Valdés, quien es señalada de pertenecer a una red del extinto Juzgado Cuarto de Distrito el cual estaba al servicio del exgobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, actualmente preso por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita. Este caso está bajo investigación de la PGR.

EL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN ESTABLECE QUE LOS SENTENCIADOS, EN LOS CASOS Y CONDICIONES QUE ESTABLEZCA LA LEY, PODRÍA COMPURGAR SUS PENAS EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS MÁS CERCANOS A SU DOMICILIO...”

Tiran traslado del Betito

Una fuente de primer nivel consultada por ejecentral, refiere que el problema que se presenta en algunos jueces es que en lugar de estudiar a fondo los casos que se le asignan, prefieren hacer hincapié en los errores de las carpetas de investigación y resolver sin comprometerse. Tal es el caso de lo sucedido el 19 de agosto de este año, cuando el juez federal Gregorio Salazar Hernández calificó de ilegal el traslado del Reclusorio Oriente a un Cefereso de José Alberto Maldonado López, a quien la PGR señala como El Betito, presunto líder de la organización criminal La Unión Tepito.

No es posible seguir recibiendo en los Centros de Ejecución de Sanciones dependientes de esta Subsecretaría a internos en la comisión de delitos de índole federal”.

Subsecretaría de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social de Tamaulipas

Ese día, en la Sala 2 del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Oriente se presentaron en defensa de Maldonado López, cinco defensores, de los cuales dos no habían sido nombrados ni protestados, argumentó el Ministerio Público. Por ello, el abogado defensor José Isabel Luna Chávez determinó que José Ramón Corzo Ruiz y Ana María Francisco Pérez sólo estarían en calidad de “asistentes técnicos”, lo que los obligaba a no hacer uso de la palabra. Es decir, se hizo lo que la defensa pidió. En el transcurso de la audiencia, el Ministerio Público argumentó que el traslado del presunto líder criminal se debió por razones de seguridad, para preservar el orden dentro del Reclusorio Oriente, como lo establece la Ley Nacional de Ejecución Penal. No fue suficiente, el juez determinó que no se precisó la causal por la cual se llevó al imputado a otro estado del país. “Se alega que hubieron (sic) algunos actos atípicos (…) no lo puedo catalogar porque no me explicaron en qué forma impactarían en la seguridad o gobernabilidad del centro penitenciario”, argumentó el juez. Ese es precisamente otro de los errores que arrastra el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, el deficiente armado de las carpetas de investigación genera beneficios a presuntos criminales, señalaron las fuentes consultadas.

EL ARTÍCULO 18 DE LA CONSTITUCIÓN ACOTA QUE EL BENEFICIO DE PURGAR PENA EN UNA PRISIÓN CERCANA A SU DOMICILIO “NO APLICARÁ EN CASO DE DELINCUENCIA ORGANIZADA Y RESPECTO DE OTROS INTERNOS QUE REQUIERAN MEDIDAS ESPECIALES DE SEGURIDAD”.

Jueza reprueba, se ampara y absuelve

Muestra de la deficiencia y turbiedad con la que jueces y magistrados se desenvuelven dentro de su ámbito es el caso que tuvo lugar el 21 de octubre de 2018, cuando la jueza federal Martha Georgina Comte Villalobos atrajo la atención mediática luego de que le concedió la libertad a Sandoval Rodríguez, alias La Rana, a quien la PGR inculpó por la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa. La razón del fallo: la falta de elementos para procesarlo. Sin embargo, su nombramiento como juez de Distrito surgió luego de que interpuso una revisión administrativa. Y es que a pesar de que tras someterse a examen obtuvo una calificación final de 79.4 puntos que la ubicaron en el lugar 20, lo que terminó por descartarla para acceder a la lista de los 18 vencedores del Concurso Interno para la designación de jueces de distrito, Comte Villalobos se inconformó. Y ganó.

En su alegato señaló que el examen oral que le realizaron no correspondía al temario publicado en la página web del Instituto de la Judicatura Federal, además de argumentar trato inequitativo durante la prueba. En consecuencia, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la revisión administrativa 25/2016 interpuesta por Comte Villalobos era fundada y se le otorgó ser Juez de Distrito al asignarle una nueva calificación final de 80.5.

En mayo consiguió este fallo y fue nombrada titular del juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en Tamaulipas, tres meses después liberó a La Rana.

Homicidio. Conjunto residencial de Metepec, estado de México,donde fue asesinado Vicente Antonio Bermúdez Zacarías, juez Quinto de Distrito en Materia de Amparo y de Juicios Civiles Federales en la entidad. Foto: Cuartoscuro

Bajo fuego

Durante 10 años, los jueces federales habían gozado de tranquilidad. Pero el 17 de octubre de 2016 la historia cambió con el asesinato del exjuez Quinto de Distrito en Amparos y Juicios Civiles Federales en Toluca, Vicente Antonio Bermúdez Zacarías. Con el crimen esa tranquilidad terminó. Mientras se ejercitaba en el municipio de Metepec, en el estado de México, un hombre se le acercó por la espalda y cuando estuvo a la distancia oportuna le disparó a la cabeza. Dos años después de este hecho, aún se desconoce quién y por qué se le mató. Sin embargo, meses antes de su asesinato Bermúdez Zacarías denunció ante el Consejo de la Judicatura Federal irregularidades en su juzgado. Lo que llevó a la suspensión de tres integrantes del Poder Judicial de la Federación por anomalías y la inhabilitación de dos de ellos por 20 años para ocupar un cargo público. Apenas el 2 de julio de este año, la Procuraduría General de la República emitió el Acuerdo A/052/18 para ofrecer una recompensa de un millón 500 mil pesos para quien brindara información sobre los probables responsables del homicidio del juzgador. ›Y es que Vicente Antonio Bermúdez Zacarías no resolvió casos sencillos. En febrero de 2016, ante el juicio de amparo 154/2016 promovido por la defensa de Joaquín El Chapo Guzmán en la que denunciaba incomunicación con su familia y abogados, Bermúdez le otorgó la suspensión de plano, para que en caso de que existiera dicha incomunicación las autoridades del Centro Federal de Readaptación Social No.1 El Altiplano no realizaran dichos actos. Por otra, parte en junio de 2016, el exjuez Vicente Antonio Bermúdez Zacarías le otorgó un amparo al ambientalista indígena Ildefonso Zamora, a quien se le señalaba por delito de robo agravado, y al que organizaciones como Amnistía Internacional, Greenpeace y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez respaldaban y asesoraban jurídicamente y que lo declaraban como preso de conciencia. En medio del conflicto entre el Poder Judicial de la Federación y el presidente Andrés Manuel López Obrador respecto a los salarios que perciben los juzgadores, la Asociación Nacional de magistrados de circuito y jueces de distrito del PJF trajeron a cuenta la vulnerabilidad que padecen, y en el posicionamiento nacional que hicieron el lunes pasado reiteraron: “los juzgadores federales queremos recordar que además de las presiones derivadas de los vaivenes políticos también enfrentamos situaciones que ponen en riesgo nuestra seguridad y la de nuestras familias”.

Nepotismo, el cáncer en los juzgados

La corrupción se disfraza, tiene distintas máscaras y las más conocidas son el soborno o el peculado, pero también existe el nepotismo. Ese es uno de los grandes males que enfrenta el Poder Judicial de la Federación. De acuerdo con el Estudio sobre redes familiares y clientelares en el Consejo de la Judicatura Federal, alrededor de 500 jueces y magistrados colocaron a familiares en plazas de juzgados y tribunales. Esto porque el artículo 97 constitucional establece que los nombramientos de los funcionarios en los órganos jurisdiccionales son facultad exclusiva de jueces y magistrados. Por ello fuentes consultadas señalaron que es necesario que se dé una sacudida a este poder con al menos tres medidas: la selección de jueces, el cambiarlos de adscripción y quitarles privilegios sin rayar en la austeridad republicana que propone el presidente López Obrador. Pues a pesar de recibir mensualmente 150 mil pesos, los jueces del país cuentan con múltiples apoyos. Por ejemplo, tres mil pesos para compra de lentes; 10 mil pesos para pagar renta, 15 mil pesos para adquirir libros, entre otros privilegios. Lo que da margen a la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos, que obliga a que ningún servidor público gane más que el Presidente y que dio origen a una especie de rebelión de las togas en defensa de su “independencia y de la irreductibilidad salarial”.