¿Cuáles son los cambios para la nueva facturación 4.0?

16 de Enero de 2025

¿Cuáles son los cambios para la nueva facturación 4.0?

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CIUDAD DE MÉXICO, 06ABRIL2021.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió un mes de prórroga para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2020. Dicho plazo corresponde al 31 de mayo como fecha límite para el trámite. FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM

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CIUDAD DE MÉXICO, 06ABRIL2021.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió un mes de prórroga para que las personas físicas presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2020. Dicho plazo corresponde al 31 de mayo como fecha límite para el trámite. FOTO: MARIO JASSO/CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

La versión 4.0 será la única forma de facturación aceptada por la autoridad fiscal, que deberán emplear los contribuyentes para generar sus facturas electrónicas

Agilización en sus declaraciones con información prellenada y mejores servicios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) son algunos de los beneficios que tendrán los contribuyentes con el uso imperativo, a partir del 1 de enero de 2023, de la nueva versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI 4.0).

La versión 4.0 será la única forma de facturación aceptada por la autoridad fiscal, que deberán emplear los contribuyentes para generar sus facturas electrónicas en sustitución de la versión 3.3, establecida en 2017.

“A partir del 1 de enero de 2022 entró en vigor la versión 4.0 para Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), la cual es obligatoria para las personas físicas o morales que deban emitir comprobantes fiscales, entre otros, por los ingresos que perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen”, señala Gil Zenteno, abogado del área fiscal de Basham, Ringe y Correa, S.C.

La nueva versión del CFDI debería implementarse a partir del 1 de julio de 2022, pero ante la necesidad de familiarización de los contribuyentes y derivado del cabildeo de sectores y organismos empresariales, cámaras de comercio y colegios de contadores y de abogados, el SAT amplió el plazo y estableció un periodo de convivencia o transición hasta el 31 de diciembre de 2022, por lo que, a partir del 1 de enero de 2023, la única versión válida será la 4.0.

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Zenteno recordó que, aunque la aplicación de la versión 4.0 para emitir CFDI era forzosa para todos los contribuyentes, a partir del 1 de julio de 2022, “el 9 de junio de 2022 se publicó en el portal del SAT la versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, en la cual se establece que la emisión de CFDI considerando la versión 4.0, será ineludible a partir del 1 de enero de 2023”.

Sin embargo, sobre la prórroga, el especialista aclaró que “la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada el 9 de marzo en el Diario Oficial de la Federación, contempla que “los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán emitirlos en su versión 1.0 conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 3 de junio de 2022”.

Por su parte, en un comunicado la autoridad fiscal solicitó a las personas físicas y morales que hoy utilizan la nueva versión de facturación, continuar con ella “con la finalidad de socializar el uso de la misma. Por otro lado, quienes aún no la utilizan, se les invita a continuar con el proceso de transición durante el resto del año”.

Mayor control para el SAT

Hasta el cierre del primer trimestre de 2022, en México se emitieron 2,299 millones de facturas electrónicas de las cuales 99.72 por ciento corresponden a la versión 3.3 y el restante a la 4.0, confirmó el SAT.

Con esta medida, la autoridad tributaria busca responder a la Miscelánea Fiscal, así como robustecer el timbrado electrónico y los servicios agregados, además de que incrementará la calidad de la información que recibe de los contribuyentes a través de los CFDI que emiten, es decir, tendrá un mayor control en la determinación de impuestos basados en el flujo de efectivo, como el impuesto al valor agregado (IVA).

De la misma forma, otra ventaja del CFDI 4.0 es que facilitará las declaraciones sobre las transacciones que se realizan de forma diferida y así se puede identificar la factura original de la cual proviene una operación.

Constancia Fiscal, otro factor a considerar

Además de los anuncios sobre la nueva versión de facturación electrónica, ante las largas filas de contribuyentes que registró para obtener su Constancia de Situación Fiscal, el SAT recordó que para facturar ahora será necesario incluir el código postal del domicilio y el régimen fiscal al que se pertenece. En caso de que el empleador no facture con la versión 4.0 del CFDI, a partir del 1 de enero de 2023, no podrán timbrar ni deducir la nómina.

Zenteno apuntó que todos los contribuyentes deben conocer y mantener actualizados sus datos fiscales, tales como el Registro Federal de Contribuyentes, nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y régimen fiscal.

Este punto es muy importante, tanto para empleadores como para trabajadores, pues conforme a las disposiciones fiscales y la versión 4.0 del CFDI, debe existir una identidad entre la información que el patrón señala en el CFDI de nóminas con la información que tiene el RFC, de lo contrario, el sistema no permitirá llevar a cabo el timbrado.

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