La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) evalúa declarar inconstitucional el acuerdo que clasificó todos los proyectos y obras prioritarias del presidente Andrés Manuel López Obrador, como de seguridad nacional.
El proyecto para declarar fundada la controversia constitucional fue elaborado por el Ministro Juan Luis González Alcántara; y propone invalidar la aplicación del acuerdo en lo que se refiere al acceso a la información, aspecto en el que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha defendido sus atribuciones.
El acuerdo presidencial ha sido utilizado para agilizar obras como el Tren Maya, ordenando a las dependencias conceder en cinco días hábiles las autorizaciones provisionales para las obras.
Si el proyecto es aprobado, se invalidará la aplicación del acuerdo en lo que se refiere al acceso a la información; pero no frenará la eliminación de trámites que sí deben cumplir las obras prioritarias.
El INAI, único órgano que llevó este asunto ante la SCJN, defendió que el acuerdo amplía ilegalmente el ámbito de aplicación de las reservas conforme la Ley General de Transparencia y Acceso a la información.
Argumentó que afecta su autonomía y viola el principio de reserva de ley al que deben someterse los actos del Ejecutivo.
Además, señala que esto “torna en mecanismos ineficaces para garantizar el control ciudadano del actuar público, en menoscabo de la facultad del INAI de garantizar su cumplimiento”.
En enero de 2022, el Gobierno utilizó el acuerdo presidencial para iniciar las obras del Tramo Cinco del Tren Maya sin la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA); aunque un juez federal suspendió los trabajos y solo permitió reanudarlos hasta que se expidieron las respectivas Manifestaciones.
Se espera que la Suprema Corte emita su análisis y aprobación en el mes de mayo. DJ
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