El proyecto que preveía la aprobación de la Ley General de Comunicación Social, denominada como “Ley Chayote”, fue retirado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
A través de sus redes sociales, la organización Articulo 19 celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues ello “refleja las irregularidades denunciadas que contiene dicha ley”.
Y es que dicha ley, aprobada por el Legislativo en abril de 2018, aún en el sexenio de Enrique Peña Nieto. En ella se reconocen los resultados de los programas sociales como comunicación oficial y no como propaganda gubernamental.
Aunado a ello, organizaciones señalaron que esta ley no previene la asignación de manera discrecional recursos públicos. Mientras que la Secretaría de Gobernación será la instancia que administrará el uso de tiempos del Estado y de los tiempos fiscales, con excepción de los tiempos del INE.
Artículo 19 señaló que es necesario realizar un análisis exhaustivo de esta ley, pues genera violaciones a la libertad de expresión y el derecho a la información.
“Recordamos la deuda pendiente de llevar a cobo una discusión integral para la emisión de una correcta y democrática ley que regule la Publicidad Oficial”, indicó la organización en sus redes sociales.
Fundar, por su parte, indicó el pasado 1 de marzo en una carta abierta a la Suprema Corte, que Artículo 19 solicitó un amparo en contra de la Ley General de Comunicación Social, considerando que es “inconstitucional y que impide cumplir con su objetivo social”.
El amparo fue atraído por la Primera Sala de la Corte, sin embargo, la organización manifestó su preocupación por el proyecto, dado que establecía la aprobación del proyecto que avalaba la ley.
De acuerdo con la organización, el que se avale la administración de tiempos por la Segob solo “avala la opacidad, la discrecionalidad y la arbitrariedad de la asignación de recursos”.
Apunta que el proyecto no permite ni facilita la promoción personalizada, pero sí su conceptualización como “comunicación social”, con lo que se presenta publicidad oficial como difusión de logros de gobierno.
Y deja en manos de las dependencias y entidades de gobierno la discrecionalidad de asignación y ejercicio de los recursos, lo que lleva al uso instrumental y político de la asignación de publicidad oficial para medios de comunicación. CJG
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