Corte ordena reparación integral a 5 Avispones por noche de Iguala

29 de Noviembre de 2024

Corte ordena reparación integral a 5 Avispones por noche de Iguala

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FOTO: Cuartoscuro

Estos fallos revocan la resolución previa de la CEAV, que había ofrecido una compensación parcial, basada en casos similares

Cuatro jugadores y un auxiliar técnico del equipo de futbol Avispones de Chilpancingo, víctimas directas de los hechos violentos del 26 y 27 de septiembre de 2014 en Iguala, Guerrero, y que derivaron en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, y 16 de sus familiares deben ser indemnizados de forma integral, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Dos sentencias de amparo elaboradas por los ministros Eduardo Medina Mora y Alberto Pérez Dayán fueron resueltas por la Segunda Sala. Por unanimidad los ministros consideraron que fue equivocado que la CEAV ofreciera una reparación parcial y ordenaron cuantificar nuevamente el daño moral y físico causado a las víctimas, para compensar el daño a su proyecto de vida y los gastos derivados de transporte, alojamiento, comunicación y alimentación y asegurar una reparación integral. Estos fallos revocan la resolución previa de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), que definió brindar una compensación parcial, basada en casos similares, sin apoyarse en los dictámenes médicos, ni en los gastos erogados por las víctimas y sus familias. Por ello, los afectados interpusieron un amparo que hoy se resolvió a su favor. Ahora la CEAV no debe realizar un ejercicio analógico a partir de casos similares, sino a partir de la apreciación prudente y equitativa de las circunstancias particulares de cada caso por lo que hace solamente a los cinco integrantes del equipo que promovieron el amparo, sin incluir a los familiares; puesto que a ellos ya se les había reconocido en diciembre de 2015 su calidad de víctimas indirectas. Los jóvenes futbolistas fueron atacados a balazos por un grupo de hombres armados vestida de negro la llamada noche de Iguala aunque ellos se identificaron como deportistas cuando viajaban en un autobús por la localidad, en el que murió un jugador menor de edad, el conductor del autobús y una mujer pasajera de un taxi que cruzaba por el lugar. Con ello, se reitera el criterio fijado en marzo pasado, en otro amparo a un integrante del equipo Avispones, en el que se determinó que el mero hecho de que la Comisión otorgue un monto determinado por compensación subsidiaria a la víctima, no impide que las personas puedan combatirla, si se considera que es insuficiente para reparar adecuada y proporcionalmente el daño sufrido.