Tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre una acción de inconstitucionalidad en torno a la reforma eléctrica, el despacho Mijangos y González se pronunció al respecto y aseguró que esto no implica que se haya avalado la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Para referirse a la decisión tomada hoy en el Pleno de la Corte, el despacho emitió un pronunciamiento en el cual indicó que tal determinación solo evitó que uno de los artículos de la legislación fuera expulsado “de forma definitiva y con efectos generales”.
Esto requería de por lo menos ocho de los 11 votos, para obtener una votación calificada, pero solo fueron siete los ministros que se pronunciaron en contra del proyecto de la ministra Loretta Ortiz. De esta forma, se desestimó la acción de inconstitucionalidad abordada en el asunto.
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Sin embargo, el despacho Mijangos y González aclaró que el fallo de la SCJN no tiene otras implicaciones, como el hecho de avalar la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica ni revocó los amparos ni las suspensiones definitivas que han sido otorgados a distintas empresas.
En este sentido, se refirió que no debe desestimarse que la mayoría de los integrantes del Pleno ha considerado hoy, y en otras sesiones, “inconstitucional las partes más importantes de la LIE”.
Ante esta situación, el despacho Mijangos y González advirtió que los jueces de distrito, tribunales colegiados y Salas de la SCJN resolverán en torno a los asuntos que se les presenten sobre la Ley de la Industria Eléctrica con base en la postura de la mayoría de los ministros del Pleno de la Corte. GA
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