La decisión de Perú de liberar al expresidente Alberto
Fujimori
(1990-2000) supone un desacato a las resoluciones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), informó el tribunal en un pronunciamiento difundido este jueves.
La decisión del Tribunal Constitucional peruano y “la consecuente liberación de Alberto
Fujimori
el 6 de diciembre de 2023, constituyeron un desacato a las resoluciones de supervisión de esta Corte”, indicó el documento con fecha del 19 de diciembre.
La Corte IDH, órgano judicial del sistema interamericano con sede en San José, había pedido a Perú el pasado 6 de diciembre que esperase para ejecutar la orden de liberación del exmandatario hasta que analizasen si dicha decisión cumple con las condiciones de sus sentencias previas.
Fujimori, de 85 años y aquejado por dolencias crónicas, dejó la prisión el mismo día que la Corte IDH pidió posponer la excarcelación por orden del Tribunal Constitucional, que le restituyó un indulto de 2017 “por razones humanitarias”.
Fujimori padece un cáncer lingual, fibrilación auricular e hipertensión, entre otras dolencias.
La Corte IDH indicó que dispondrán “una supervisión reforzada a las obligaciones de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos del caso Barrios Altos y La Cantuta vs. Perú" en lo que respecta al indulto al expresidente peruano.
El exgobernante, de origen japonés, fue condenado a 25 años de prisión por crímenes contra la humanidad en 2009. Estuvo preso un total de 16 años.
Fujimori recuperó su libertad tras varios giros en torno a su polémico caso. En 2017 recibió el indulto por razones humanitarias, pero el beneficio fue anulado en 2019 por la Corte Suprema para luego ser restituido por el Tribunal Constitucional.
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