La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que las aerolíneas deben indemnizar a los pasajeros cuando incurran en demoras o cancelaciones de vuelos. De esta forma, la SCJN generó jurisprudencia para que todos los jueces del país respalden los derechos de los usuarios de aerolíneas nacionales o extranjeras para contar con un servicio eficaz, seguro y eficiente, en caso contrario, ser compensados. En su sesión de este miércoles, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal del país avalaron, al revisar cuatro amparos, las normas que establecen un mínimo de compensaciones o indemnizaciones que las aerolíneas deben pagar a los pasajeros cuando incurran en demoras o cancelaciones de vuelos. Además, se confirmó que la cantidad que por concepto de indemnización pague una aerolínea a los pasajeros debe incluir todos los cargos que le fueron pagados al momento de la compra del boleto, incluyendo los impuestos relativos. (Con información de El Universal) NM