Contra abogado de Lozoya no hay delito que perseguir, determina juez

28 de Noviembre de 2024

Contra abogado de Lozoya no hay delito que perseguir, determina juez

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La FGR fue incapaz de sostener las acusaciones que formuló contra Javier Coello Zuarth

Al no existir elementos ni indicios de la presunta responsabilidad del abogado Javier Coello Zuarth en los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) lo acusó, un juez federal determinó no vincularlo a proceso.

La resolución que ayer 8 de enero dio a conocer el

Juez de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Sur, Ganther Alejandro Villar Ceballos, fue en el mismo sentido en favor de

Luis Octavio Pérez Pozos, excoordinador de la campaña del ahora gobernador Jalisco, Enrique Alfaro.

Tanto a Coello Zuarth, quien junto a su padre Javier Coello Trejo son los abogados del exdirector de Pemex, Emilio Lozoya;

Pérez Pozos, y 10 personas más fueron acusados por la

Fiscalía de Asuntos Internos antes Visitaduría General de la hoy FGR de una serie de delitos que incluían falsificación de documentos, robo agravado,

asociación delictuosa, e incluso tortura y tratos crueles, entre otros, según la causa penal 409/2019.

Las acusaciones en contra de Coello Zuarth y el resto de los imputados por la Fiscalía se derivó de la denuncia presentada por Patricia Moller Vuilleumier, la cual presentó el 28 de mayo de 2019, y el 18 de junio del mismo año fue ratificada.

Por este caso hay a la fecha cuatro agentes de Interpolp México detenidos y vinculados a proceso por el juez de Distrito

Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, quien a su vez negó a la FGR librar las órdenes de aprehensión en contra de Javier Coello, Octavio Pérez, así como del empresario

Juan Pablo González Cimadevilla, exesposo

Patricia Moller, por los delitos en específico

de tortura y contra la salud que se incluían en los tipos penales de la carpeta de investigación.

"…Por no existir elementos ni indicios de la responsabilidad del licenciado Javier Coello Zuarth en ninguno de los delitos por lo que fue imputado por la Fiscalía, determinó la no vinculación a proceso, por lo que hace Javier Coello Zuarth y licenciado Luis Octavio Pérez Pozos”, se lee en la nota informativa relativa a la determinación del juez de control Villar Ceballos.

Fuentes con conocimiento en el caso señalaron a ejecentral que la acusación de

Patricia Moller y la familia de ella, en contra de su exesposo

Juan Pablo González se enfoca en un presunto cateo que se hizo en un domicilio de la quejosa en Jalisco, en el que agentes federales habrían ‘sembrado’ drogas y armas.

En al menos tres ocasiones autoridades habían rechazado otorgar las órdenes de aprehensión ante la falta de elementos que las sostuvieran.