La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amenaza con restringir las atribuciones del Poder Legislativo consagradas en la Constitución, esto derivado del proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán que propone la invalidez de una parte del Plan B electoral.
Su argumentación se fundamenta en que la Corte ha actuado de manera distinta en dos casos que en principio no deben tener distinción.
A través de un comunicado, la CJEF señaló que la Corte rechazó su petición para resolver, en primer término, las demandas presentadas desde 2018 en contra de la Ley General de Comunicación Social (LGCS), la cual, forma parte del primer paquete de leyes del Plan B electoral aprobado por el Congreso en diciembre de 2022.
En el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, el ministro instructor propone anular la totalidad del decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, lo cual es falso, se indica en el comunicado de la Consejería.
El proyecto de sentencia ha sido objeto de críticas por omitir examinar la dispensa de trámite, que es una atribución reglamentada de los legisladores, que los faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin pasar por comisiones.
También indica que se ha señalado que el proyecto omite examinar el acatamiento a una sentencia de amparo emitida por el propio tribunal constitucional.
Llamado a actuar con responsabilidad
Además, la Consejería señala que se ha argumentado que resulta inexacto que se haya transgredido el principio de deliberación democrática durante la aprobación de las leyes que integran el “plan B” en materia electoral, ya que se cumplieron los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios.
Por ese motivo, dijo que La SCJN ha sido llamada a actuar con responsabilidad y a privilegiar la solución del verdadero conflicto constitucional de las normas impugnadas por encima de las formalidades de trámite a las que hace referencia el proyecto de sentencia.
“Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, se lee en el comunicado.
La CJEF indica que “debe prevalecer el fondo sobre la forma”, así lo prescribe el artículo 17 constitucional, criterio que fue utilizado por la SCJN al resolver el recurso de reclamación 66/2021, relacionado con la Ley de Hidrocarburos.
En este contexto, el Poder Ejecutivo llamó a las ministras y los ministros de la SCJN para que actúen con responsabilidad y privilegien la solución del verdadero conflicto constitucional. DJ
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