El Congreso de Guerrero aprobó una reforma al artículo 14º de la constitución local, en la que se suprime el término policía comunitaria o rural, que se establecía con anterioridad.
Después de una votación, que arrojó 41 votos a favor y uno en contra, se estableció que las resoluciones que emitan los sistemas comunitarios deberán de ser del conocimiento de jueces del poder judicial estatal.
Con la reforma, el artículo establece: la “ley contempla la “adecuada armonización entre el sistema jurídico estatal y los sistemas normativos indígenas y afromexicanos en materia de seguridad pública e impartición de justicia; así como para aplicar sus sistemas normativos en la solución de conflictos internos en sus comunidades”.
Anteriormente , la ley estipulaba que se daría seguimiento a la seguridad por medio de la Policía Comunitaria o rural, integradas por miembros de cada comunidad, elegidos por la Asamblea Popular o General.
Ante esta situación, la diputada de Morena, María de Jesús Cisneros, manifestó que las reformas agreden la libertad de las comunidades y aseguró que con esto se realizó una traición.
Las policías comunitarias amparaban su existencia con la ley 701 de Reconocimiento de Derechos y Cultura Indígena del estado de Guerrero, pero los legisladores que votaron a favor de la reforma, indicaron que ésta se elaborará de buena forma, para que no cualquier usurpe esa función. Con información de Quadratín y Reforma JGH