CNI debe liberar información de desafuero de AMLO

21 de Enero de 2025

CNI debe liberar información de desafuero de AMLO

proyectos Corredor Interoceánico
Foto: Captura de pantalla

Una solicitud presentada en noviembre de 2018 exigió más de 20 documentos relacionados con el desafuero contra López Obrador en 2005 y sus actividades en las elecciones de 2012 y 2018

Al negar que exista un riesgo a la seguridad nacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) hacer pública la información referente al desafuero en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador, cuando se encontraba al frente del Gobierno del entonces Distrito Federal.

A solicitud de un particular presentada en 2018, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) notificó, el 10 de abril de 2019, al CNI

que debía entregar los documentos con la información solicitada.

Además del proceso de desafuero promovido por el entonces presidente Vicente Fox en 2005, el solicitante pidió los documentos relacionados con los procesos electorales de 2012 y 2018. Sin embargo, el CNI decidió reservar dicha información bajo el argumento de “garantizar el orden constitucional y la gobernabilidad democrática”.

Se trata de cinco documentos relacionados con el desafuero y 14 que tienen relación con las actividades del hoy presidente durante el proceso electoral de 2012.

Te puede interesar: Falló de la SCJN sobre el aborto fomenta la impunidad: iglesia

Además, la ministra Norma Lucía Piña, identificó que en la solicitud de información original también se requerían informes respecto a las elecciones de 2018, mismos que estaban clasificados, pero ya venció el plazo para mantenerlos así, por lo cual – consideró – no existe razón para negar su entrega.

Apenas se dio a conocer el fallo del INAI en 2019, la Consejería Jurídica de la Presidencia presentó un recurso de revisión tras considerar que se harían públicas las normas, métodos y fuentes de investigación utilizados por el Centro Nacional de Inteligencia.

Pero, por unanimidad de votos, el Pleno de la SCJN consideró injustificado el recurso de la Consejería Jurídica, dado que el tema fue ampliamente difundido por los medios de comunicación – manifestó el ministro ponente, Luis María Aguilar –, por lo que la exposición de la información no vulnera la estrategia de seguridad, ni pone en peligro al presidente López Obrador. EJ

ES DE INTERÉS

La decisión de la SCJN que blindó a México

Rechaza SCJN atraer acusación de Gertz vs. Fundación Jenkins

Interponen ante SCJN recurso contra leyes de la Guardia Nacional