La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sentenció este miércoles que México “es responsable” de violar las garantías de dos hombres que estuvieron más de 17 años en prisión preventiva.
“México es responsable de la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial” de Daniel García y Reyes Alpízar, quienes fueron detenidos en 2002, determinó la Corte.
García y Alpízar fueron arrestados en el marco de las investigaciones por el homicidio de María de los Ángeles Tamés, regidora de Atizapán de Zaragoza, municipio del Estado de México.
Los interrogaron y les dictaron una medida de “arraigo” mientras avanzaba la pesquisa, por lo que quedaron en prisión preventiva.
Terminada la investigación comenzó el proceso penal y ambos siguieron presos bajo esa figura “por más de 17 años”, afirmó la CIDH, con sede en San José.
En 2022 ambos recibieron una condena de 35 años de prisión por homicidio. Sin embargo, apelaron la sentencia.
Además del arraigo, en México existe la prisión preventiva oficiosa, que a diferencia de la prisión preventiva justificada la decreta un juez y no un fiscal, sin petición del Ministerio Público, con base en la acusación de un delito previsto en la norma.
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La CIDH determinó que México debe “dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza pre–procesal” y “adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre prisión preventiva oficiosa”, entre otras medidas de reparación.
Tras el fallo, el gobierno mexicano anunció en un comunicado que dará los pasos necesarios para adecuar sus leyes a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“El Estado Mexicano analizará con atención los resolutivos de la sentencia emitida por el tribunal interamericano, con el objetivo de estar en condiciones de cumplir con sus disposiciones”, agregó.
Un 40% de los casi 227 mil presos contabilizados en México están en prisión preventiva, algunos desde hace varios años, según un estimativo de septiembre pasado del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU.
Ese organismo pidió eliminar la modalidad automática, existente desde 1917, por considerar que viola la presunción de inocencia, el debido proceso y la igualdad ante la ley.
En su sentencia, la Corte señaló que la prisión preventiva oficiosa contraría la Convención Americana de derechos, ya que no se hace mención a la finalidad de la medida o peligros procesales a prevenir.
La Suprema Corte de México busca la manera de derogar esta medida restrictiva para resolver los casos de más de 92 mil personas en prisión preventiva en el país.
A pesar de las críticas, el presidente Andrés Manuel López Obrador, sostiene que la norma, que considera clave en la lucha contra la delincuencia y la impunidad, solo la puede modificar el Congreso.
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