Ecocidio y justicia climática

17 de Septiembre de 2024

Juan Antonio Le Clercq
Juan Antonio Le Clercq

Ecocidio y justicia climática

Le Clercq

La justicia climática y ambiental comienza a aumentar su importancia en los debates sobre compromisos nacionales y políticas nacionales para proteger el medio ambiente y contener la emergencia climática. Durante las últimas décadas, la inclusión de un enfoque centrado en justicia ha sido reivindicado por comunidades afectadas, organizaciones sociales y académicos, a lo cual se suman ahora gobiernos y agencias nacionales.

En la última serie de reportes del IPCC se enfatiza la importancia de integrar a la gobernanza climática principios de justicia distributiva, procesal y reconocimiento indígenas. Mientas que en distintos países el litigio climático se ha convertido en un instrumento legal clave para que los ciudadanos lleven ante los tribunales la inacción climática de sus gobiernos.

Esta semana tres países insulares, Vuanatu, Fiji y Samoa, quienes enfrentan riesgos catastróficos ante el aumento del nivel del mar, han presentado ante la Corte Penal Internacional una solicitud para incluir el ecocidio como crimen internacional equivalente a genocidio, crímenes de guerra o violaciones graves a los derechos humanos.

Esta acción se suma al reconocimiento de este delito por países como Bélgica o la campaña impulsada por la organización Stop Ecocide Now. En este sentido, se entiende por ecocidio los “actos ilegales o sin sentido cometidos a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que esos actos causen daños graves, generalizados o de largo plazo al medio ambiente”. Su objetivo es garantizar la protección del medio ambiente abriendo la puerta para perseguir y llevar ante los tribunales a gobiernos, empresas e individuos responsables de daños u omisos en su obligaciones internacionales.

Vuanatu, particularmente, se ha convertido en un actor internacional muy activo en el impulso a instrumentos legales más efectivos que los países con mayor responsabilidad ante la emergencia climática y la degradación ambiental, asuman compromisos más ambiciosos y reconozcan su obligación de reparar daños a los países más vulnerables. Hace solo un par de años impulsó con éxito ante la Asamblea General de la ONU la presentación de un solicitud de opinión consultiva ante la Corte Internacional de Justicia para definir con claridad cómo se debe definir la responsabilidad ante el cambio climático y qué consecuencias jurídicas se deben desprender de esto.

Lo que estos procesos señalan, es que para los países pequeños altamente vulnerables que no contribuyen a provocar el cambio climático, se acabó el tiempo de los acuerdos climáticos descafeinados, del retrasar una y otra vez el cumplimiento de compromisos adquiridos y del blablablá de las grandes cumbres. Para países en desarrollo y para organizaciones ambientales en los desarrollados, llegó el momento de estructurar las negociaciones desde el reconocimiento de las profundas injusticias globales involucradas en la emergencia climática y ambiental y, desde ahí, impulsar sanciones y criterios retributivos con base en el andamiaje de la justicia penal internacional. No será un proceso sencillo pero va a cambiar las reglas del juego de la acción climática y ambiental.

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