No es lo mismo la gimnasia que la magnesia

6 de Septiembre de 2024

Laura Borbolla
Laura Borbolla

No es lo mismo la gimnasia que la magnesia

LauraBorbolla-Web

Resulta complicado escuchar tantos posicionamientos de una de las reformas constitucionales que el titular del Poder Ejecutivo Federal promovió el pasado 5 de febrero; pero es más grave saber que varios miembros del Poder Judicial Federal se han pronunciado respecto de la reforma al poder al que pertenecen, tratando de desviar la atención a otras partes del sistema de justicia.

Me parece pertinente entonces invitar al siguiente análisis aprovechando las discusiones y foros que respecto a la Reforma al Poder Judicial se han dado, partiendo de la base que es distinto hablar del sistema nacional de justicia en el que están implicadas parias instituciones de los tres niveles de poder entre ellas:

· El Poder Judicial Federal y local de cada una de las entidades federativas, en todas las materias, (civil, penal, familiar, mercantil, laboral, electoral, administrativo y militar).

· La conferencia nacional en materia de procuración de justicia, que se integra por los titulares de las fiscalías y/o procuradurías generales de justicia de las entidades federativas y el fiscal general de la República.

· Los defensores públicos locales y federales y los litigantes en todas las materias, así como asesores jurídicos locales y federales.

· Las comisiones de atención a víctimas que además tienen implícito otro sistema nacional en la materia a nivel local y federal.

· Las autoridades de seguridad de los tres niveles de gobierno, entre otros.

Sin embargo, resulta por demás parcial, que se hable de reforma del Poder Judicial Federal y se hable para distraer de este tema de las fiscalías y policías, ya que, si bien es cierto, todos los operadores de estas instituciones somos parte del sistema de justicia, también lo es que la revisión del sistema penal, en términos de la reforma constitucional del 2008, debe tener verificativo en el 2025. Entonces esto no debe de ser confundido con lo que actualmente se discute.

De forma y fondo la reforma penal ha avanzado mucho, y si bien a las fiscalías nos faltan siempre recursos, el personal del sistema de seguridad y procuración de justicia se somete a pruebas no sólo de conocimientos, sino también de confianza, pero los jueces y magistrados en materia penal no. Los mejores ministerios públicos, o fiscales e investigadores, no cuentan con ningún beneficio económico, como ocurre con los miembros del Poder Judicial, aunado a que las visitadurías o fiscalías de asuntos internos investigan y llevan a juicio a Ministerios Públicos, peritos y policías, lo cual no ocurre con jueces, magistrados o ministros, salvo previo juicio político. Entonces no centremos en este momento la reforma del Poder Judicial en solo el tema penal; ese tendrá su espacio de evaluación en términos de la reforma del 2008, aquí aplica ese dicho de “no confundamos la gimnasia con la magnesia”.

Analicemos los mecanismos de relevo y elección de los jueces, magistrados y ministros a la luz de los resultados tangibles como servidores que administran justicia a la ciudadanía en todas las materias; es decir el costo/beneficio para el país. Discutamos si deben tener también exámenes de evaluación de confianza los que tengan que ver con la operación del sistema de justicia penal; veamos si la permanencia debe de ser con un periodo de elección y qué condiciones para su reelección y cuánto tiempo debe de durar el encargo; veamos cómo logramos la transcisión escalonada de todo el sistema jurisdiccional, es decir, que sea transversal a todas las materias y en los tres niveles de gobierno. Lo evidentemente no negociable en la reforma propuesta por el Ejecutivo Federal es:

· Elección de los miembros del poder judicial (ministros, magistrados y jueces).

· Tribunal sancionador de indisciplina jurisdiccional (castigo de la corrupción y nepotismo de los miembros del poder judicial).

· Mejor servicio de administración e impartición de justicia a un bajo costo.

En lo particular, considero que fuera de esos tres tópicos, todo cabe en un sin número de posibilidades de plasmar tanto en la reforma como en la ley reglamentaria.

Nota al pie de página:

Lamento el fallecimiento de Jorge Alberto Lara Rivera, exsubprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la extinta Procuraduría General de la República; deseo para su familia Dios los reconforte.

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