La reforma constitucional al poder judicial ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, y el Instituto Nacional Electoral (INE) iniciará en los próximos días el proceso electoral judicial. Por ello, considero que los retos que le tocará atender se relacionan con rubros clave como los siguientes:
I. Redistribución de la geografía electoral: La elección nacional de ministros y ministras no presenta mayor problema, dado que se trata de una jurisdicción nacional en las secciones electorales y distritos tal cual están plasmadas. En el caso de las entidades federativas, corresponden el 90% al circuito judicial y, por tanto, tampoco habría mayor problema, salvo el caso de Tabasco. Sin embargo, si hay un problema donde no existe la adecuación del distrito judicial con los distritos electorales, más aún en el caso de los seis distritos judiciales que se componen de municipios de distintas entidades federativas. El INE deberá reorganizar las secciones electorales en razón al distrito judicial y no a sus distritos electorales como comúnmente lo hace. Esto implicaría la coordinación de todos los municipios que formen la integración en un distrito judicial, con independencia de cuáles sean los distritos electorales a los que pertenezcan.
También significa la búsqueda de espacios para la instalación de casillas y las rutas para la entrega y recepción de la paquetería electoral en las oficinas municipales donde no exista un distrito electoral que pueda servir de base para esos efectos.
II. Organización de debates: Ajustar la difusión en zonas geográficas no contempladas, esto puede tener facilidad a nivel de los circuitos judiciales que empatan con los estados, pero no será lo mismo en circuitos judiciales como Tabasco o Veracruz y en aquellos que tienen difusión de radio y televisión más allá de una entidad federativa donde no hay forma de reducir la difusión como sucede en la zona metropolitana o la Ciudad de México.
III. Fiscalización de candidaturas: Los recursos de las y los candidatos a los cargos de los órganos jurisdiccionales deben revisarse sin duda, máxime que está prohibida la participación de los partidos políticos tanto en el financiamiento público como en el privado. A pesar de ello es evidente que se erogarán recursos y será insoslayable que el INE resuelva las quejas que se presenten en torno a este tema.
IV. Procedimiento sancionador: Al no existir una ley exactamente aplicable, cualquier sanción que aplique el INE en realidad podría ser combatida por la violación al principio de reserva de ley. Cabe recordar que, en términos de responsabilidad administrativa, sea electoral o general, el órgano, procedimiento y tipo de sanción deben estar establecidos a nivel de ley y no por un acuerdo general.
V. Conteos rápidos. Los conteos rápidos que ha generado el INE se basan en una demarcación, tanto a nivel nacional como estatal, por lo que no habría posibilidad de utilizar dicho sistema en los distritos, dado que no existe un antecedente que le permita ver en un distrito judicial cuál sería la radiografía real en la percepción electoral en determinado distrito judicial; en todo caso, tendría que empezarse de cero para poder obtener resultados por distrito.
VI. Confianza ciudadana: El INE debe mantener la confianza ciudadana durante la implementación de la reforma judicial. El INE deberá trabajar para que la ciudadanía entienda que los cambios derivados de la reforma judicial no afectarán la transparencia y legitimidad de las elecciones. Esto incluye una estrategia clara de comunicación y pedagogía cívica para asegurar que las y los votantes se sientan seguros de que sus derechos y la integridad de los procesos electorales para ocupar los órganos jurisdiccionales no se verán comprometidos.
Vivimos tiempos de transformación para alcanzar el mayor bienestar de la población y confío en que nuestras instituciones vigentes estarán a la altura de ello.