Tribunal rechaza recusaciones tardías contra juez en caso Agronitrogenados

8 de Septiembre de 2024

Tribunal rechaza recusaciones tardías contra juez en caso Agronitrogenados

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Foto: Cuartoscuro

El tribunal colegiado de apelación declaró improcedentes por extemporáneas las denuncias de impedimento presentadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)

El tribunal colegiado de apelación declaró improcedentes por extemporáneas las denuncias de impedimento presentadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Fiscalía General de la República (FGR). Las recusaciones buscaban que Genaro Gerardo Alarcón López, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, se declarara imposibilitado para instruir el proceso del caso Agronitrogenados contra Emilio Lozoya Austin.

Las autoridades acusaron al juez Alarcón López de parcialidad y de cometer ilegalidades tanto en el caso Agronitrogenados como en el de Odebrecht. El 8 de mayo pasado, el juez Alarcón López sostuvo que era competente, pero decidió aplazar la audiencia intermedia de Emilio Lozoya en espera de la resolución del tribunal colegiado sobre su competencia para continuar con el juicio.

El caso fue turnado a los magistrados Manuel Bárcena Villanueva, Gabriela Vieyra Pineda y Juan Pedro Contreras Navarro, del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito. Estos magistrados determinaron por unanimidad que las recusaciones eran improcedentes por extemporáneas.

Los magistrados argumentaron que la recusación debe interponerse por escrito ante la autoridad jurisdiccional recusada y dentro de las 48 horas siguientes a que se tuvo conocimiento del impedimento. Indicaron que la fiscalía formuló el impedimento en audiencia el 18 de abril de 2024, pero ya había tenido conocimiento de la causa desde el 27 de octubre de 2023.

El tribunal colegiado reiteró que la recusación planteada en la audiencia del 8 de mayo de 2024 era improcedente por extemporánea. Añadieron que su determinación se limitaba a resolver el impedimento vía recusación y que no se pronunciarían sobre la actuación de otros juzgadores ni sobre la competencia legal del juez Alarcón López para conocer del proceso.

Finalmente, los magistrados declararon que, debido a la notoria improcedencia de las recusaciones, no realizarían ningún pronunciamiento sobre el fondo de la actuación del juez en las audiencias relacionadas. DJ