De forma unánime y al argumentar la protección a los derechos a la salud y una alimentación nutritiva, los integrantes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidieron mantener el etiquetado frontal que llevan alimentos procesados y bebidas azucaradas no alcohólicas.
Fueron cuatro las empresas (Herdez, Alimentos del Fuerte, McCormick y Nutrisa) que interpusieron los amparos contra dichas advertencias, las cuales fueron aprobadas por el Congreso con las modificaciones al artículo 212 de la Ley General de Salud a través de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010.
#LaCorte resolvió un nuevo amparo sobre la constitucionalidad del etiquetado frontal para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados; busca proteger los derechos a la salud, a la alimentación, a la protección del consumidor y a la infancia https://t.co/oLesS16P05 pic.twitter.com/k8xHYD3qJy
— Suprema Corte (@SCJN) April 22, 2024
La ministra Yasmín Esquivel Mossa fue la encargada del proyecto, en el cual aseveró que las enfermedades crónicas como hipertensión, obesidad y diabetes representan un “serio problema de salud pública”, lo cual reforzó con datos proporcionados por el Instituto Nacional de Salud Pública, los cuales demuestran que es elevada la prevalencia de dichos padecimientos en adultos de nuestro país.
Por su parte, el ministro Alberto Pérez Dayán negó que el etiquetado frontal inhiba el consumo de los productos referidos como lo argumentan las empresas; advirtió que lo que se hace es “informar al consumidor”.
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El proyecto fue aprobado de forma unánime, con lo cual se desecharon los amparos promovidos, con los cuales se buscaba proceder contra el etiquetado frontal del cual se encarga la Secretaría de Salud federal.
Hay que recordar que la semana pasada la Corte ya había resuelto no admitir el recurso promovido por Santa Clara Mercantil de Pachuca. Así, con la decisión de hoy, se declara constitucional la NOM-051-SCFI/SSA1-2010. GA
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