Menores, con libertad para comprar vino y tabaco en apps

17 de Septiembre de 2024

Menores, con libertad para comprar vino y tabaco en apps

rappi

La falta de control y regulación permite que niños y adolescentes puedan adquirir productos y sustancias que dañan su salud, mediante diversas plataformas digitales de reparto

Fabián (nombre ficticio) tiene 16 años; va en segundo grado de bachillerato y es hábil en el manejo de los dispositivos móviles. Con la autorización de sus padres, se le pide a Fabián descargar en su teléfono las aplicaciones de Rappi, Uber Eats y Didi Food con el objetivo de comprobar si es posible instalarlas, aun sin ser mayor de edad.

La acción se realiza sin problemas debido a que, previo a ponerla en marcha por primera vez, las aplicaciones sólo piden notificar que el usuario ha leído los términos y condiciones del servicio.

Ya con las aplicaciones en el móvil y con la vigilancia de sus padres, se le pide encargar una botella de vodka y dos vapeadores, no para consumirlos, sino para comprobar si, pese a su edad, él puede adquirir esos productos.

Las plataformas de Rappi y DiDi Food solicitan ingresar el número de la credencial de elector y la fecha de nacimiento, aduana que libra fácilmente pidiendo prestada una identificación a un primo mayor o tomando de “contrabando” la de los padres. En el caso de Uber Eats, la única restricción es que las compras de licor no pueden realizarse con efectivo.

Dado que no cuenta con tarjeta bancaria, se le sugiere al joven elegir la opción de pago en efectivo de Rappi. Cuarenta y cinco minutos después, suena el timbre de la puerta. Se le pide al chico que salga a recoger el envío para ver si el mensajero pone alguna objeción al ver la fisonomía imberbe del comprador. No la hubo. El chico pagó lo que le pidió la app y pudo entrar a la casa con el licor y los dispositivos con nicotina.

La facilidad con que se pueden comprar alcohol y productos no aptos para menores de edad a través de aplicaciones digitales ha encendido las alertas entre legisladores y activistas, debido al riesgo que representa para la salud de uno de los sectores más vulnerables de la población.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Salud Mental y Adicciones (Conasama), el consumo de alcohol y tabaco van al alza entre menores de edad, y hay registro de que el consumo comienza desde los 10 años.

Aunado a la estrategia de añadir saborizantes a los cigarrillos para hacerlos más atractivos para los jóvenes, la industria tabacalera ha impulsado el uso de vapeadores con la falsa expectativa de que son una alternativa para el consumo de tabaco o que hacen menos daño que los cigarrillos convencionales.

Del mismo modo, la industria alcoholera va diversificando sus productos al combinarlos con sabores frutales y combinaciones exóticas, con el fin de seducir el paladar de los más jóvenes.

En este contexto, las aplicaciones digitales se han convertido en una opción para que los menores de edad puedan tener acceso a bebidas alcohólicas y derivados del tabaco, dado que la compra presencial es menos viable en virtud de que los vendedores se exponen a ser sorprendidos in fraganti.

El ejemplo de Nuevo León

Uno de los pocos esfuerzos que se han realizado en el país para proteger a los menores de edad ante la permisividad con que operan las plataformas digitales tuvo lugar en Nuevo León.

En noviembre de 2022, el Congreso local aprobó por unanimidad la iniciativa de reformas a la Ley Estatal de Salud para prohibir la venta y distribución de alcohol y tabaco a menores de edad a través de aplicaciones electrónicas.

Impulsada por la diputada priista Ivonne Álvarez, la norma exige a las empresas de plataforma solicitar un comprobante de identidad para verificar la edad del comprador.

La reforma contempla sanciones que van desde multas de 50 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), hasta la clausura temporal o definitiva a las empresas que operan plataformas digitales o similares que incumplan en tomar las medidas para verificar la mayoría de edad de quienes reciben los productos.

“En el caso de que las empresas hayan tomado las medidas antes referidas, y el empleado, socio, conductor o repartidor decida entregar los productos prohibidos a menores de edad, éstos serán quienes cubran la multa, sin menoscabo de las sanciones penales a las que pudieran hacerse acreedores”, establece el dictamen 15383/LXXVI de la Comisión de Salud y Atención a Grupos Vulnerables.

En la exposición de motivos de la iniciativa de Nuevo León se plantea que si bien hay leyes nacionales y estatales que prohíben expresamente la venta de alcohol y tabaco a menores de edad, las plataformas tecnológicas se han convertido en una “rendija” que ha sido aprovechada por la industria para expandir su mercado.

“Actualmente nos encontramos frente a una práctica violatoria de las disposiciones anteriormente citadas. La compra y distribución de alcohol y tabaco a menores por medio de plataformas de intermediación como Rappi o Uber Eats supone la puesta en riesgo de la salud de los adolescentes, al facilitar el acceso a estas sustancias adictivas”, destaca el texto.

En entrevista con ejecentral, la diputada Álvarez consideró que “es de suma importancia que dicha reglamentación sea aplicada a nivel federal, puesto que al alejar a nuestras niñas, niños y adolescentes de sustancias nocivas al cuerpo y evitar su consumo a temprana edad, cuidamos y velamos por una mejor calidad de vida para ellos y mejoramos su entorno”.

Al preguntarle sobre la reacción de firmas como Rappi, Uber Eats y DiDi Food, la legisladora comentó que durante la elaboración de la iniciativa tuvo acercamiento con las empresas del ramo y “siempre mostraron un ánimo de sumar esfuerzos y trabajar en conjunto para el cuidado de los menores”.

Si bien es cierto que las aplicaciones digitales son herramientas que nos facilitan las tareas del día a día, agrega Álvarez, “éstas vienen acompañadas de una responsabilidad de los usuarios y de nosotros como padres de familia, que tenemos la obligación de supervisar el uso que le dan sobre todo nuestros menores en casa”.

Términos y condiciones

En marzo de 2023, la empresa Rappi fue multada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que es la autoridad de protección al consumidor de Colombia, con mil 245 millones de pesos colombianos (unos seis millones de pesos mexicanos al tipo de cambio actual) por varios hechos que el organismo califica como violaciones de los derechos del consumidor, entre ellos, vender alcohol y tabaco a menores.

En su defensa, la empresa Rappi —cuya sede principal se localiza precisamente en Colombia— alega que cuenta “con estrictos protocolos”, a través de los cuales se le solicita a cualquier usuario/consumidor que pretenda realizar una orden de licores en la plataforma digital, su documento de identidad y su fecha de nacimiento.

En la página de Internet de Rappi México, los términos y condiciones señalan que “el uso de la plataforma lo realiza el usuario/consumidor como persona capaz y mayor de edad, y manifestando que para la celebración del contrato de mandato con los repartidores independientes, cuenta con plena capacidad legal para ser sujeto de derechos y obligaciones”.

Sin embargo, como ya quedó demostrado, cualquier menor de edad puede abastecerse de productos que contengan alcohol o nicotina sin ningún problema a través de esta plataforma y de otras similares.

¿Qué dicen las leyes_ Rappi 414.jpg

Te Recomendamos: