Juez ordena no modificar registros de personas desaparecidas
Un juez concedió suspensión definitiva al Colectivo de Búsqueda de Desaparecidos "10 de marzo", y ordenó no modificar el Registro Nacional de Desaparecidos
El juzgado décimo quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió suspensión definitiva al Colectivo de búsqueda de desaparecidos “10 de marzo”, con lo que se ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador y a la Comisión Nacional de Búsqueda que no modifiquen los registros de personas desaparecidas en lo que se resuelve el juicio en lo principal.
“Se concede la suspensión definitiva a la parte quejosa, solicitada para el efecto de que no se modifiquen, alteren, sustituyan, destruyan, cancelen, eliminen o supriman los registros contenidos en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas”, señala la suspensión.
Y señala: “Ahora bien, se han cumplido los requisitos de procedencia para el otorgamiento de la suspensión solicitada a este juzgado, en párrafos subsecuentes analizará los requisitos de efectividad de la suspensión y en su caso, establecerá las exigencias que la parte quejosa debe llenar y el plazo en que estas deben cumplirse para que surta efectos la suspensión otorgada”.
El colectivo interpuso el amparo el 20 de noviembre de 2023 ante el juez de distrito en la Ciudad de México, donde expresó su inconformidad ante el riesgo de que se hagan cambios en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Delia Quiroa, representante del Colectivo y quien busca a su hermano desaparecido desde 2014 en Reynosa, Tamaulipas, inició este año con un formato para promover juicios de amparos individuales para evitar que sus desaparecidos sean borrados de dicho registro.
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