Con 69 votos a favor y 42 votos en contra, Morena y aliados en el Senado de la República aprobaron esta noche reformas a la Ley de Amparo.
Con los cambios se establece que, en los juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.
📌 ¿Qué modifica la reforma aprobada a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos? El #SenadoMexicano envió el dictamen a @Mx_Diputados para su proceso legislativo. pic.twitter.com/KzxyjT3GGL
— Senado de México (@senadomexicano) April 18, 2024
La Asamblea rechazó las propuestas que presentaron senadores de diferentes Grupos Parlamentarios para modificar el dictamen, de manera que se remitió el proyecto a la Cámara de Diputados.
Cabe explicar que la propuesta que adiciona un último párrafo al artículo 148 y deroga el último párrafo del artículo 129 de la Ley de Amparo, subraya que no existe una justificación en la Constitución para que la suspensión de una norma, sea provisional o definitiva, deba tener efectos generales.
Quienes se oponen a la reforma aseguran que, de aprobarse, nada detendría lo que se promueva desde el Poder Ejecutivo.
🔴 Sesión vespertina de la Cámara de Senadores, del 17 de abril de 2024. https://t.co/4Ev2WEPRQo
— Senado de México (@senadomexicano) April 17, 2024
Ricardo Monreal ha señalado que la iniciativa busca “limitar la posibilidad de que los órganos jurisdiccionales, dentro de los juicios de amparo que se interpongan contra leyes que se expidan por el Congreso de la Unión o de los estados, otorguen suspensión provisional y definitiva con efectos generales”.
LEO