Cancelación de vuelos de Interjet afectó a 3 mil 700 pasajeros

13 de Noviembre de 2024

Cancelación de vuelos de Interjet afectó a 3 mil 700 pasajeros

Luis Alejandro Beristain

CIUDAD DE MÉXICO, 30NOVIEMBRE2020.- La aerolínea Interjet acumula ya tres días consecutivos cancelando sus vuelos, esto debido a la falta de pago por la turbosina, indicó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), debido a los adeudos que tiene la empresa, el servicio para otorgarles combustible entró en una forma de pre pago. FOTO: DANIEL AUGUSTO / CUARTOSCURO.COM

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Daniel Augusto/Daniel Augusto

CIUDAD DE MÉXICO, 30NOVIEMBRE2020.- La aerolínea Interjet acumula ya tres días consecutivos cancelando sus vuelos, esto debido a la falta de pago por la turbosina, indicó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), debido a los adeudos que tiene la empresa, el servicio para otorgarles combustible entró en una forma de pre pago. FOTO: DANIEL AUGUSTO / CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

Profeco proporcionó asesoría para la protección de sus derechos a 69 consumidores afectados

Durante tres días la aerolínea Interjet vio interrumpidas sus operaciones en al menos 62 vuelos, lo que afectó a 3 mil 756 pasajeros.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que proporcionó asesoría para la protección de sus derechos a 69 consumidores que se vieron afectados por las “necesidades operacionales” que llevaron a Interjet a cancelar vuelos.

https://twitter.com/Profeco/status/1333608109118459905?s=20

Cabe señalar que este año, hasta antes del fin de semana último, la Profeco tenía registradas mil 542 quejas en contra de esta aerolínea y 904 se encontraban en trámite.

Derechos de los pasajeros

Al tratarse de cancelaciones atribuibles de manera exclusiva a la aerolínea, ésta debe, conforme a la Ley de Aviación Civil y a elección de los pasajeros afectados de cualquiera de los vuelos antes señalados:

a) Reintegrarle el precio del boleto o billete de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje.

b) Ofrecerle, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.

c) Transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual haya sido cancelado el vuelo.

De acuerdo con la Profeco, en los casos de los incisos a) y c) anteriores, la aerolínea deberá cubrir, además, una indemnización al pasajero afectado que no será inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje. Esta indemnización deberá ser pagada por la aerolínea dentro de un plazo máximo de 10 días naturales posteriores a su reclamación por parte de los pasajeros. NR

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