Avanza ley que reforma las comisiones de las Afores

22 de Diciembre de 2024

Avanza ley que reforma las comisiones de las Afores

Sólo podrán cobrar comisiones en caso de tener rendimientos que favorezcan al ahorro del trabajador

Debido a que las Administradoras del Fondo para el Retiro (Afore) pueden determinar el cobro de comisiones por prestar su servicio y solamente están obligadas a presentar una propuesta de reducción a finales de año, en la diputación federal se avaló en comisiones la reforma que en la que sólo podrán cobrar comisiones en caso de tener rendimientos que favorezcan al ahorro del trabajador, y además, serán determinados por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). En un Informe enviado al Congreso, se detalla que los recursos totales de las 10 Afores sumaron 3 billones 327 mil 785 millones de pesos, lo que significó un crecimiento de saldos con respecto a 2017 de 158 mil 595 millones de pesos, que representó un aumento de 0.2 por ciento real, esto es el resultado de la gestión de las Afores en el periodo octubre - diciembre de 2018. La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados avaló, con 24 votos a favor y dos en contra del PRD y MC, la iniciativa que envió el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, con la que determina que las Afores puedan ser utilizadas en fondos de inversión y que el dinero de los trabajadores se pueda invertir en proyectos de largo plazo, de una forma segura y con altos rendimientos, establece la iniciativa. Actualmente, las diez Afores que operan en México cobran una comisión promedio de 0.98%. Por lo que, “las comisiones por administración de las cuentas individuales solo podrán cobrarse aplicando una comisión única integrada por un componente calculado como un porcentaje sobre el valor de los activos administrados y un componente adicional calculado sobre el rendimiento que obtengan los trabajadores”, explica el texto. Asimismo, describe que para abatir los costos en los que incurren las administradoras para gestionar sus inversiones, es pertinente que “las administradoras operen a través de Fondos de Inversión Especializados de Fondos para el Retiro y no en Sociedades de Inversión Especializados de Fondos para el Retiro, como ocurre actualmente”. También permite que los trabajadores puedan hacer mayores depósitos a su subcuenta de aportaciones voluntarias en las Administradores de Fondos para el Retiro (Afores). La iniciativa presidencial prevé sanciones con prisión de 3 a 15 años y una multa de 200 a 12 mil días de salario mínimo a las personas físicas o consejeros, administradores o funcionarios de personas morales que sin estar autorizados para operar los fondos de inversión realicen actos reservados a éstas.